Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº255

Resolución Nº 255

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 26/09/2023

Visto lo solicitado a fs. 1 por la agente Analía BERNARDI, legajo Nº 14.356, dependiente del Museo FerroWhite (Oficina Nº 802), con respecto al reconocimiento de servicios en carácter de becario de la Municipalidad de Bahía Blanca en el periodo del 07/05/2.007 y el 17/07/2.011, y de diferencias salariales producto de ese reconocimiento de cuatro (4) años, dos (2) meses y once (11) días anteriores a la fecha de la solicitud (14 de septiembre de 2023) de acuerdo al Articulo 2.562 inc. C del Código Civil y Comercial y;

CONSIDERANDO:

El informe y la documentación pertinente agregado por el Departamento Administración de Personal a fojas 2 y 3 y contando con la intervención de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 3 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- RESUELVE -

Artículo 1°: Hacer lugar a lo solicitado por la agente Analía BERNARDI, DNI 32.271.082, C.U.I.L. 27-32271082-3, legajo Nº 14.356, reconociendo los servicios desempeñados para la Municipalidad de Bahía Blanca como personal becario, por el término de cuatro (4) años, dos (2) meses y once (11) días.

Artículo 2°: El reconocimiento realizado mediante el artículo 1º se efectúa a partir de la fecha de interposición del reclamo por parte del agente interesado, 14 de septiembre de 2023, y al sólo efecto de la percepción de la Bonificación por Antigüedad y el usufructo de Licencia Anual Ordinaria, dejando expresa constancia que quedará exclusivamente a cargo de la agente la realización de los trámites pertinentes ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S.) a los fines de la obtención de reconocimiento de servicios en el ámbito previsional.

Artículo 3°: El pago de la Bonificación por Antigüedad será aplicando el 1% de su sueldo básico sobre la totalidad de los servicios reconocidos en el articulo primero, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18.008/2.014 y Decreto Reglamentario 3.855/2.014.

Artículo 4°: Hacer lugar a lo solicitado por la agente Analía BERNARDI, legajo Nº 14.356, en cuanto al reconocimiento de las diferencias salariales no prescriptas de dos (2) años anteriores al 14 de septiembre de 2023 de acuerdo a lo establecido por el articulo 2.562 inc. C del Código Civil y Comercial, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento del articulo 140° del Reglamento de Contabilidad y 54° del Decreto Provincial 2.980/00.

Artículo 5°: El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110108000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1131.

Artículo 6°: Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., pase a conocimiento e informe del Departamento Administración de Personal, tome nota la Dirección General de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto y Departamento de Contaduría, hecho, vuelva para la redacción del correspondiente proyecto de ordenanza.-