Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2609

Resolución Nº 2609

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 25/09/2023

VISTO las presentes actuaciones, atento la nota presentada por MABEL SALAMANCA, DNI N° 93.916.240 en fojas 2, donde solicita la revisión y corrección sobre la inscripción del terreno Partidas Nº 84529, inscripto como terreno baldío; y,

CONSIDERANDO

Que el Departamento Catastro a fojas 17 informa  que se deberán reliquidar desde a cuota 01/2023 las Tasas por Servicios Públicos y Tasa de Salud de dicho inmueble atento que se procedió a incorporar la superficie declarada en expediente 2328-P-1967;

Que el Departamento Recaudación informa a fojas 19 que de acuerdo al Memo 224-49-2019 y los informes de fojas 6 y 14 corresponde rectificar la liquidación de las Tasas por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y de Salud, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 79 de la Ordenanza Fiscal 2020/2021/2022;

Que lo normado en el Artículo Nº 89 de la Ordenanza Fiscal 2023 establece que “La valuación general de los inmuebles sufrirá modificaciones en los casos que se indican a continuación:
a) Modificación de cada parcela por subdivisión o por reunión, cuando dicha modificación se encuentre aprobada por los organismos técnicos de la Provincia de Buenos Aires o la Municipalidad lo determine de oficio en base a otros instrumentos, que permitan individualizar las parcelas, cualquiera sea su origen: dominial, posesoria o aparente.
b) Accesión o supresión de mejoras. Las modificaciones no afectarán el valor de la tierra al cual se agregan las mejoras existentes, agregando o suprimiendo, de acuerdo con su carácter, las nuevas modificaciones.
";

Por todo lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021:

- RESUELVE -

ARTICULO 1º): Rectificar la cuenta corriente de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y Tasa de Salud, del inmueble identificado con la Partida Nº 84529. Realizados los cálculos correspondientes, deberá abonar por mes, de acuerdo al siguiente detalle:

    * Cuota 01/2023 a la 12/2023, la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO  ($1.645) en el concepto Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($575,75) en concepto de Tasa de Salud;

ARTICULO 2º): Cumplir, dar al R.O., notificar, tomar nota Departamento Recaudación, Departamento Catastro, hecho, ARCHIVAR.-