Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº343

Resolución Nº 343

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 20/09/2023

Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales se gestiona el pago al Registro de la Propiedad por los sellados correspondientes al período comprendido entre el 01/04/2023 al 30/06/2023 referidos a pedidos de publicidad vía web en torno del convenio marco de tasas por servicios registrales celebrado entre la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad y la Municipalidad de Bahía Blanca y,

CONSIDERANDO

Que dichas solicitudes vía web fueron realizadas por el Departamento Territorial, el Departamento Catastro y la Asesoría Municipal de Tierras y Escrituras, cuyo valor de
timbrado es de $560 cada uno, correspondiendo la cantidad de 25 (veinticinco) timbrados durante el segundo trimestre del año 2023, arrojando un total de $14.000. (pesos catorce mil).

Que a fs 1, consta detalle de lo expresado precedentemente, por la cantidad de 25 timbrados, y se indica la cuenta donde el Municipio deberá realizar el pago, solicitando que una vez concluido el mismo, se envíe comprobante vía mail a efectos de dar de baja a la deuda.

Que a fs 3/9, las oficinas técnicas agregan listados respecto a los pedidos realizados por cada uno.

Que a fs 9 vta, consta imputación por parte de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General.

Por  todo  lo  expuesto,  el  INTENDENTE  MUNICIPAL  en  uso  de  sus facultades,

- RESUELVE -

PRIMERO: Autorízase al Departamento Contaduría General a abonar al Registro de la  Propiedad  de  la  Provincia  de  Buenos  Aires  la  suma  de  $14.000 (pesos catorce mil) en concepto de pago por los servicios solicitados por el  Departamento Territorial,  el  Departamento  Catastro  y  la  Asesoría  Municipal  de Tierras  y Escrituras  a  ese  organismo  durante  el  segundo  trimestre  del  año  2023, procediéndose al depósito de dicha suma en la cuenta corriente 51420/6 del Banco de  la  Provincia  de  Buenos  Aires,  sucursal  2000,  en  un  todo  de  acuerdo  a los considerandos  de  la  presente  y  a  los  antecedentes  obrantes  en  expediente 113-11981/2016  -  Alcance  17.

SEGUNDO:  El  gasto  que  demande  lo  dispuesto  en  el  artículo  anterior  deberá imputarse a la Partida: Fuente: 110 - Jurisdicción: 1110104000 – Cat. Prog 01.06.00 - Gasto: 3830.

TERCERO:  Cúmplase,  dése  al  R.O.,  notifíquese  por  Tesorería  al  Registro  de la Propiedad  de  la  Provincia  de  Buenos  Aires,  tome  nota  la  Subsecretaría  de Planificación y Desarrollo Urbano, la Subdirección de Presupuesto y Planificación, Contaduría,  Tesorería,  el  Departamento  Territorial,  el  Departamento  Catastro  y la Asesoría Municipal de Tierras y Escrituras. Cumplido, ARCHÍVESE.-