Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3878
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/09/2023
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al Certificado Nº 3 de la obra: "REENCARPETADO ASFÁLTICO DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA - 63 CUADRAS - 2023", adjudicada a la empresa INGENIERÍA Y ARQUITECTURA S.R.L. mediante Decreto Nº 1618/2023; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 2 vta el Departamento Vialidad informa que por Ordenanza N° 20.986 la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Fecha de Licitación - Mes Base 14 de Abril 2023; la Fecha del Contrato es 17-05-2023, el Acta de Replanteo el 29-05-2023, y con un Plazo de Obra de 180 días.
Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precios Provisoria de la empresa INGENIERÍA Y ARQUITECTURA S.R.L., la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N° 20.986.-
Que al Certificado Nº 3 se le realiza el análisis con los índices correspondientes al mes de Julio 2023; el mes de Ejecución de los trabajos fue en Agosto 2023, la Fecha de Publicación de los índices Julio 2023 fue el día 30/08/2023; la Fecha de Presentación de la empresa 04/09/2023, Porcentaje de Avance con respecto a la curva de inversión es del 47,34% y porcentaje de curva alcanzado: 42,81%.-
Que habiendo cumplido con el Artículo N° 9 de la Ordenanza 20986/2021 que exige avanzar como mínimo el 90% del avance proyectado, aprobado y acumulado, para el mes del certificado correspondiente, se toma el valor de cotización de los índices correspondiente al mes de ejecución de los trabajos (Julio 2023).
Que el importe certificado Redeterminado Provisorio del Certificado N° 3 es de $27.767.232,39, el importe del Certificado base N° 3 es de $22.624.649,55; el importe de la diferencia del certificado N° 3 es de $5.142.582,84; la deducción por anticipo financiero del 30% es de $1.542.774,85; por lo cual la diferencia a abonar asciende a la suma de un total de $3.599.807,99.-
Que el incremento en porcentaje del certificado N°3 redeterminado respecto al certificado N° 3 a valores de contrato es de 22,73%.
Que el Departamento Técnico sugiere se apruebe la Redeterminado Provisorio del Certificado N° 3 por un monto de $3.599.807,99.
Que así mismo, la Oficina Técnica considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su aprobación.
Que a fojas 26 el informe de la asesora letrada de la Secretaría de Infraestructura manifiesta que "... Atento a lo señalado por la Oficina Técnica a través de la Ordenanza Nº 20986 Municipio de Bahía Blanca se adhiere al Decreto Provincial Nº 290/2021.
Es importante aclarar, que el análisis que efectúa esta asesoría, es de neto corte legal, quedando bajo la órbita de cada Departamento Técnico la evaluación técnica de la petición ejecutada por la contratista.
En tal sentido dejo constancia, que el análisis deber ajustarse a lo establecido por la ordenanza nombrada, respecto a los plazos previstos. Asimismo, surge del pedido de la contratista el cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 23.
En caso de que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, entiendo que la misma deberá rechazarse.
En este caso, no observo impedimento legal alguno para la aprobación de los pedidos de redeterminación según Ordenanza Municipal Nº 20986 conforme los términos del informe técnico, por lo cual sugiero, salvo opinión de la autoridad en contrario, que el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por la normativa..."
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del Certificado Nº 3 de la obra: "REENCARPETADO ASFÁLTICO DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA- 63 CUADRAS - 2023", el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
ARTÍCULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de precios del Certificado Nº 3 de la obra: "REENCARPETADO ASFÁLTICO DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA- 63 CUADRAS - 2023", por un monto de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SIETE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($3.599.807,99.), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-7133-2023.
ARTÍCULO 2º: Para el Pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N° 16 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Oficina Técnica a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra; tome nota el Departamento Vialidad y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorpórese a través del mismo, copia del presente Decreto al expediente 417R-1922-2022 Cumplido ARCHÍVESE.-