Boletines/Tandil
Decreto Nº 3707/2023
Tandil, 04/10/2023
Visto
La necesidad de contar con inventarios actualizados, a los fines tener inventariados solamente bienes que justifiquen el uso de los circuitos administrativos patrimoniales establecidos en el RAFAM, en atención a los costos implícitos en los mismos
Considerando
Que el RAFAM, módulo BIENES FISICOS, determina que los inventarios que debe llevar el municipio deben circunscribirse a los bienes de uso, del dominio privado, pertenecientes al municipio, que tengan real significación, no deben agotarse en el primer uso que de ellos se hace, deben estar sujetos a depreciación.
Que se define baja de un bien de uso, cuando por pérdida de sus propiedades, en orden a su naturaleza, valor económico, duración y destino, quede encuadrado en las normas vigentes, cancelándose el valor residual.
Que la amortización, es la expresión contable de la disminución del valor que experimenta un bien de uso por una causa determinada. Ejemplo: desgaste, agotamiento, obsolescencia o envejecimiento técnico, envejecimiento económico, factores accidentales o eventuales.
Que en el inventario se observan bienes que han perdido las propiedades mencionadas y que no justifican poner en movimiento el circuito administrativo de control de inventarios en atención a los costos implícitos en el mismo.
Que los bienes agregados en el ANEXO A quedaran fuera de la orbita del RAFAM, sobre los cuales cada área y/o dependencia adoptará los mecanismos internos pertinentes para su guarda y control.
Que los bienes agregados en el ANEXO B son obsoletos y se registrara la baja definitiva.
Que la obsolescencia es la caída en desuso de máquinas, equipos y tecnologías motivada no por un mal funcionamiento del mismo, sino por un insuficiente desempeño de sus funciones en comparación con las nuevas máquinas, equipos y tecnologías introducidos en el mercado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorizase a la Dirección de Patrimonio a registrar la baja definitiva en el sistema RAFAM de los bienes detallados en el ANEXO A y en el ANEXO B, agregados en el presente expediente. Cada área y/o dependencia adoptará los mecanismos internos pertinentes que permitan la guarda y control los bienes del ANEXO A.
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, desé al “Boletín Municipal” y archívese. Tome nota Dirección de Patrimonio, Contaduría General, Secretaria de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales; Dirección de Turismo., y posteriormente archívese.
Firma Digital: Maria Marcela Petrantonio (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales - Intendencia
ANEXO A y B
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