Boletines/Tandil
Decreto Nº 3604/2023
Tandil, 29/09/2023
Visto
La renuncia presentada por el trabajador de la Dirección de Desarrollo Deportivo - Secretaría de Gobierno Dirocco, Daniel Antonio – Legajo 6877-, para acogerse a los beneficios de la jubilación Ordinaria Mixta en IPS.
Considerando
Que se han expedido al respecto la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General, y la Dirección de Presupuesto.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Acéptase la renuncia presentada por el trabajador de la Dirección de Desarrollo Deportivo - Secretaría de Gobierno Dirocco, Daniel Antonio – Legajo 6877, para acogerse a los beneficios de la jubilación Ordinaria Mixta en IPS, a partir del 1º de Octubre de 2023.
Artículo 2°: Inclúyase al trabajador de la Dirección de Desarrollo Deportivo - Secretaría de Gobierno Dirocco, Daniel Antonio – Legajo 6877 en las Planillas de Anticipo a Jubilados, a partir de la fecha mencionada.
Artículo 3°: Otorgase a el trabajador de la Dirección de Desarrollo Deportivo - Secretaría de Gobierno Dirrocco, Daniel Antonio – Legajo 6877 una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis mensualidades del básico de la categoría que revistaba, sin descuentos de ninguna índole, equivalente a la suma de seiscientos ochenta mil ochocientos noventa y ocho con treinta y seis centavos ($680898,36) conforme a lo determinado en el artículo 46 inc. b) del CCT 09/2019.
Artículo 4°: Los egresos impútense a las partida 1.6.1.0 “Premios al Personal” y 6.2.1.1“Anticipos a Jubilados”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. - Administración Municipal, 1.1.1. - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. – Secretaría de Gobierno, Actividad 01 – Administración de Gobierno, Subactividad 01 – Conducción y Administración -, 1.1.1.01.03 Secretaria de Gobierno-, Programa 16 – Desarrollo deportivo, Actividad 1 – Actividades deportivas y recreativas - del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio.
Artículo 5°: Insístase ante Contaduría General la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 7°: Regístrese, notifíquese por la Dirección de Desarrollo Deportivo tomen conocimiento Dirección de Presupuesto, Contaduría General, y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.
Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia