Boletines/Coronel Dorrego
Resolución Nº 0019/23
Coronel Dorrego, 08/06/2023
Visto
Los inconvenientes que se suscitan para cumplimentar la carga digital de datos para los trámites jubilatorios ante el IPS, para los agentes municipales que se desempeñan como personal destajista; y
Considerando
Que la jubilación digital se inicia a través del Sistema de Administración Previsional (SAP).
Que dentro del plantel de Personal Municipal, existe trabajadores que se desempeñan como destajista.
Que, motiva la presente petición, la situación de una agente municipal quien ha cumplido las condiciones exigidas para iniciar su trámite jubilatorio mediante la modalidad digital y está retrasando la cargar de datos al sistema, el hecho que su condición laboral no está dentro de la codificación de cargos que dispone el sistema digital.
Que sería necesario que el Sistema habilite la opción del cargo destajista.
Que desde la Oficina de Personal Municipal, ha manifestado en reiteradas ocasiones esta inquietud a personal del IPS, a fin de poder dar respuesta a la agente municipal.
Que en el SAP, para este personal, se ha adjuntado la documentación requerida al mes de agosto/2022 y se ha ampliado la misma en enero/2023 a requerimiento del personal del IPS, aportando las normativas que sustenta el cargo de destajista acreditando las condiciones, tareas y unidades de medida que permiten remunerar las tareas de este tipo de personal.
Que El Municipio en conjunto con el IPS sugieren que la Oficina de codificación de cargos debería incorporar la opción de Destajista, para poder culminar con lo requerido por el sistema digital.
Que la actividad, de esta agente municipal, se desarrolla en un ámbito donde las inclemencias que presentan las estaciones climáticas hacen más loable su tarea.
Que próximamente, otros agentes municipales que se desempeñan bajo tareas a destajo, cumplirán las condiciones para iniciar sus trámites jubilatorios.
Que el acceso a la jubilación es justo para aquel trabajador que ha desarrollado tu tarea en su edad productiva laboral y manifiesta su necesidad de acceder al beneficio jubilatorio.
Que la Jubilación es un derecho con rango constitucional.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:
RESOLUCION:
ARTÍCULO 1º) El Honorable Concejo Deliberante, solicita a las Autoridades del IPS ============ que por su intermedio se habilite dentro de la Plataforma digital para el inicio de trámites jubilatorios, la opción Destajista, para dar cumplimiento a lo solicitado por la agente municipal en condiciones de iniciar su trámite previsional.-
ARTÍCULO 2º) Remitir copia de la presente disposición legislativa, a la Autoridad del ============ Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, Presidente: Sra. Lic. Marina Moretti. Así como a la Sra. Camila Lorenzo de la Dirección Regional VI Bahía Blanca.-
ARTÍCULO 3º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, ============= dése al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-
SALA DE SESIONES, 8 de junio de 2023.-
María Alicia Jalle Alejandro Gabriel Zorzano
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
H. CONCEJO DELIBERANTE H. CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 0019/23