Boletines/Vicente López

Decreto Nº5365/23

Decreto Nº 5365/23

Vicente López, 15/09/2023

Visto

El Decreto Nro 3750/2023; y

Considerando

Que por conducto del Decreto Nro 3750/2023 se establecen los sueldos básicos, bonificaciones, subsidios, adicionales y las condiciones de otorgamiento de éstos, para el personal que se desempeña en el ámbito del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Vicente López, actualmente vigentes.

Que efectuada una revisión integral del mencionado acto administrativo, se observa que resulta pertinente efectuar ciertas modificaciones y ampliaciones al mismo.

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- Amplíanse los términos del artículo 28 inciso f) del Anexo I del Decreto Nro. 3750/2023, incluyéndose en la percepción de la Bonificación por Función Especial Secretaría de Seguridad – Dirección de Operaciones, a aquellos agentes de dicha área que ocupen la posición “Cuerpo de Caminantes”; por un monto de $ 139.729,40 mensuales;
con vigencia a partir del 01/09/2023.

Artículo 2º.- Modifícase el artículo 32° del Anexo I del Decreto Nro. 3750/2023, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Quedan comprendidos en el Régimen de Insalubridad de la Comuna, el personal de la Dirección de Bromatología; Estación Sanitaria; Dirección Zoonosis; y quienes ocupen posiciones de Fumigador en la Dirección de Política y Control Ambiental; siempre y cuando las tareas específicas que realice la persona resulten nocivas para la salud; pudiendo ser designados en cargos de 40 horas semanales de labor, con cumplimiento efectivo de 30 horas. También quienes ocupen posiciones de Evisceradores del Hospital Municipal y Técnicos de Laboratorio del Hospital Municipal y del Hospital y Maternidad Santa Rosa, a los que serán asignados cargos de 40 horas semanales de labor, con cumplimiento efectivo de 30 horas.

Asimismo, se encuentra comprendido dentro del presente Régimen de Insalubridad el personal del Cementerio Municipal afectado a las tareas de inhumación, exhumación, remoción y reducción de cadáveres, los cuales tendrán asignados un régimen de 48 hs semanales con cumplimiento efectivo de 30 hs.; y quienes ocupen la posición de Auxiliar de Lavadero Geriátrico, quienes tendrán asignados cargos de 44 hs semanales de labor, con cumplimiento efectivo de 36 hs.

Artículo 3º.- Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Recursos Humanos.

Artículo 4º.- Tome conocimiento la Secretaría de Recursos Humanos – Direcciones de Empleos – Dirección de Compensaciones.

Artículo 5º.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber, y oportunamente archívese.

Fdo: Martinez- Szlapak