Boletines/Vicente López

Decreto Nº5223/23

Decreto Nº 5223/23

Vicente López, 07/09/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-2561-2023

Visto

El llamado a Licitación Privada N° 125 dispuesto por Decreto Nº 4447/23 para la “PROVISION E INSTALACION DE AIRES ACONDICIONADOS CON DESTINO A LA MATERNIDAD SANTA ROSA DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SALUD”, y

Considerando

Que conforme Acta de Apertura obrante a fs. 184 se ha presentado un único oferente que fue rechazado en el mismo acto por no presentar la garantía de mantenimiento de oferta.

Que en virtud de ello, a fs. 189 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, aconseja declarar desierta la licitación y proceder a realizar un segundo llamado.

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- DECLARAR DESIERTO el primer Llamado a Licitación Privada Nº 125, oportunamente dispuesto por Decreto Nº 4447/23, en merito a las razones expuestas en el exordio.

Artículo 2º.- Proceder a efectuar un segundo llamado correspondiente a la Licitación Privada N° 125 para la “PROVISION E INSTALACION DE AIRES ACONDICIONADOS CON DESTINO A LA MATERNIDAD SANTA ROSA DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SALUD”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs. 70/79 y al Pliego de Bases y Condiciones Generales de fs. 61/68.

Artículo 3º.- Establecer en la suma de Pesos siete millones quinientos sesenta mil ciento diez ($7.560.110,00) el Presupuesto Oficial para la presente Licitación.

Artículo 4º.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de Pesos siete mil quinientos sesenta ($7.560,00).

Artículo 5º.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 27/09/23 a las 10:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.

Artículo 6º.- Refrendar el presente los Sres. Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 7º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Compras y Licitaciones, Tesorería y Contaduría) y de Salud.

Artículo 8º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez-Alvarez-Scarsi