Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3384

Decreto Nº 3384

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 24/08/2023

Visto el presente expediente, mediante el cual tramita la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AREA CENTRO, CALLE BELGRANO ENTRE SAN MARTIN Y CHICLANA Y DONADO ENTRE CHICLANA Y BROWN", ejecutada por la empresa CONSAR S.R.L., por expediente 639r-6035-2023 y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del presente expediente la empresa CONSAR CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L. solicita la extensión de 112 días corridos del plazo de obra, debido al retraso de la empresa EDES S.A. en dar una respuesta técnica a lo solicitado por la Oficina Técnica sobre la ubicación de un cañero de reserva en la obra, y el cual dado su respuesta tardía exigió tareas extras por fuera de lo ya contratado y presupuestado.

Que a fojas 5 y 6 del presente expediente la Dirección de Planificación Urbana informa: Que durante el 1er mes de ejecución de obra se le consultó a EDES S.A. sobre el corrimiento del cañero por la cantidad de interferencias existentes en la obra y la respuesta demoró varios meses. La empresa constructora avanzó con otras tareas pero se vieron afectados en los tiempos de ejecución y la secuencia de ciertos trabajos- Una vez obtenida la respuesta de la empresa prestadora de servicios se pudo comenzar  con el zanjeo de los cañeros de reserva. Pero con la necesidad de realizar una protección mecánica, compuesta por un manto de arena, una cama de ladrillos y unas mallas de advertencia en los 800 metros lineales que no estaban contempladas en el pliego al momento de la licitación.

Que en la obra han surgido trabajos a ejecutar que no pudieron ser contemplados en el pliego licitatorio, como así también demoras por parte de la empresa prestadora de servicio EDES S.A sobre consultas técnicas por parte de la Dirección de Planificación Urbana.

Que previa a la licitación de la obra se consultó con la empresa EDES S.A en reuniones informales sobre la utilización de los cañeros de reserva dispuesto por la municipalidad y el corrimiento de los nichos eléctricos pertenecientes a la empresa para ubicarlos en el nuevo cordón cuneta para despejar la vereda de obstáculos. 

Al inicio de obra, en el mes de Enero, se intentó retomar la comunicación con la empresa prestadora de servicios vía mail. La respuesta fue remitida el día 15 de julio donde EDES S.A. aceptó el corrimiento del cañero y presentaron el presupuesto de las nuevas tareas del corrimiento de los buzones y la protecciones mecánicas que no estuvieron aclarados en las reuniones informales. Esto fue de nuestra noción recién en dicha fecha atento que la prestataria del servicio de energía eléctrica había remitido su respuesta en abril del corriente a una casilla de correo electrónica errónea, al efecto se adjunta a la presente la correspondiente cadena de mails.

Que la demora en la respuesta de la empresa prestadora para la reubicación del cañero de reserva y la tarea extra fuera del contrato y presupuesto original de la obra de generar una protección mecánica en dicho cañero a pedido de la empresa prestadora de servicio están contempladas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales en el ARTÍCULO 43: Ampliación y suspensión del plazo de obra. En la situaciones 1 y 2 que refieren a trabajos adicionales y demoras en el estudio de la solución de dificultades técnicas.

Por todo lo expuesto, aclaramos que esto no es una suspensión sino una extensión de 112 días corridos desde el plazo de fin de obra original del día 20 de Julio del 2023 a la nueva finalización el día 9 de Noviembre del 2023, debido a la dilación de respuesta por parte de EDES. S.A que generó una disminución en el ritmo de obra que fue reflejada en la curva de avance donde nunca llegó al porcentaje mínimo para hacer una redeterminación según último índice.

También sugerimos que se le apruebe el adicional de obra por un monto de $1.230.000 que representa un 2.59% respecto al monto del contrato en virtud de la protección mecánica antes mencionada, y por su parte una ampliación del plazo de ciento doce (112) días a contar desde el 20 de julio del corriente, por lo que la nueva fecha de finalización de obra acontecerá el día 9 de noviembre de 2023.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades,

- DECRETA -

ARTÍCULO 1º: Ampliase en un 2.59% lo que significa la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA MIL ($1.230.000,00), el monto contractual de la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AREA CENTRO" ubicación calle Belgrano entre San Martín y Chiclana y Donado entre Chiclana y Brown, adjudicada a la empresa CONSAR CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L., por Decreto Nº 4104/2022, dictado en el Expediente Nº 639R-7026-2022, en un todo de acuerdo a lo informado por el Dirección de Planificación Urbana en expediente 639R-6035-2023.

ARTÍCULO 2º: Previamente al inicio de los trabajos la empresa contratista deberá presentar en la Dirección de Planificación Urbana la garantía que avale el compromiso asumido en la ejecución de la presente ampliación, equivalente al 5% de monto indicado en el Artículo 1º.

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo primero deberá imputarse a la Fuente 131, Jurisdicción 1110119000, Cat. Prog. 17.76.00, Gasto 4.2.2.0., del Presupuesto de Gastos.-

ARTÍCULO 4º: Cúmplase, dése al R.O, Pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra.- Notifíquese a la Empresa interesada por intermedio de la Dirección de Planificación Urbana. Tome conocimiento el citado Departamento. Cumplido, ARCHIVESE.-