Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 828/2023
Adolfo Gonzales Chaves, 01/09/2023
Visto
El Expediente 4055-84-2023, mediante el cual se tramitan ayudas económicas en el marco de la Ley Nº 26.485 – Ley de Protección Integral a las Mujeres; y
Considerando
Que las víctimas, al haber denunciado un hecho de violencia de género, no pueden regresar a sus domicilios particulares y/o continuar con su rutina laboral y en consecuencia no consigan mantenerse por sus propios medios;
Que el Estado tiene las herramientas institucionales para acompañar a las mismas en esta etapa de vulnerabilidad;
Que a fojas 6 y 8 se solicita ayuda económica para Dahiana Gutiérrez y Daniela Conti;
Los Informes Socio-Técnicos de fojas 7 y 9, elaborados por la Dirección de Políticas de Género;
Lo informado por Contaduría Municipal a fojas 3;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otórguese a la Sra. DAHIANA GUTIERREZ, DNI Nº 95.621.163, la suma de Pesos QUINCE MIL ($ 15.000) por el mes de Septiembre de 2023, en concepto de ayuda económica en el marco de la Ley Nº 26.485 – Ley de Protección Integral a las Mujeres.-
ARTICULO 2º.- Otórguese a la Sra. DANIELA CONTI, DNI Nº 37.785.443, la suma de Pesos VEINTE MIL ($ 20.000) por el mes de Septiembre de 2023, en concepto de ayuda económica en el marco de la Ley Nº 26.485 – Ley de Protección Integral a las Mujeres.-
ARTICULO 3º.- El gasto mencionado precedentemente, se imputará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110132000 Secretaria de Gobierno y Hacienda
Programa 21.18.00 Dirección de Políticas de Género
Fuente de Financiamiento 110: de Origen Municipal
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.4.1 Ayudas sociales a personas
ARTICULO 4º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Políticas de Género.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-