Boletines/Magdalena
Decreto Nº 684
Magdalena, 18/05/2023
Visto
El expediente Letra I Nº 556 / 23 mediante el cual tramita el concurso de precios N° 13/21 para “CONTRATACION DE MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE MUROS MEDIANEROS, VEREDAS Y CUBIERTA DE LA DELEGACIÓN DE BARTOLOME BAVIO, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Considerando
Que el día 27 del mes de Diciembre del año 2021 ha sido subscripto contrato con la empresa TACOVITT EMPRENDIMIENTOS S.A. representada por el Sr. Nicolás Ronconi DNI 31.301.599 por un valor total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHO ($ 2.032.508)
Que se ha emitido el CERTIFICADO de obra N°2 por un monto de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECISIETE MIL TREINTA Y NUEVE CON CERO CVOS ($1.317.039,00)
Que se encuentra afianzado por la Póliza de caución EN GARANTÍA DE DE CONTRATO N° 376.833 de PESOS CIENTO UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO CON CUARENTA CVOS ($101.625,40) y póliza de caución de garantía de obra Nº 18619 de PESOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON NOVENTA Y CINCO CTVOS ($65.851.95).
Que debe realizarse el descuento correspondiente al anticipo financiero del 20% por un monto de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SIETE CON OCHENTA CVOS ($ 263.407,80)
Por todo ello
El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: LIBRESE orden de pago a la empresa TACOVITT EMPRENDIMIENTOS S.A. representada por el SR. NICOLÁS J. RONCONI, DNI: 31.301.599 por un monto de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO CON VEINTE CVOS ($1.053.631,20), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-
ARTICULO 2º: El presente certificado se encuentra afinzado por la poliza de caución de garantía de contrato Nº 376.833 de PESOS CIENTO UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO CON CUARENTA CVOS ($101.625,40) y póliza de caución de garantía de obra Nº 18619 de PESOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON NOVENTA Y CINCO CTVOS ($65.851.95).
ARTICULO 3º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 – Partida 4.2.2.0, "CONSTRUCCIONS EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO" - PROGRAMA 23, FUENTE FINANCIAMIENTO: 110, del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena Sr. Andrés García.-
ARTICULO 5º: Comuníquese, a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda