Boletines/Magdalena

Decreto Nº570

Decreto Nº 570

Magdalena, 28/04/2023

Visto

Los Convenios de Concurrencia Profesional a celebrados entre la Municipalidad de Magdalena y Profesionales de la Salud en el ejercicio 2023 y;

Considerando

Que mediante el Decreto 1999/19 se creó el “MODULO VALOR GUARDIA” y el “MODULO VALOR CONSULTORIO”.

Que ello permitió extender el plazo de los convenios a la totalidad del ejercicio, adaptándose al sistema Rafam en cuanto a los posibles cambios de los importes a pagar por cada prestación.

Que mediante Decreto 1536/22 se estableció los valores de ambos Módulos con vigencia a partir del mes de enero de 2023.

Que a partir del mes de Abril de 2023 se hace necesario actualizar el valor a percibir por los Convenios de Concurrencia vigentes para mantener la equiparación con el resto de los profesionales de la salud.

Que dicha actualización se realiza teniendo en cuenta la modalidad de trabajo de cada uno de los conveniados.

Que en cada Convenio firmado entre la Municipalidad y los profesionales se estableció que el Departamento Ejecutivo mediante Acto Administrativo podía modificar la cantidad de Módulos a abonar por cada prestación.

 

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Establécese que a partir del mes de Enero 2023 la cantidad de “MODULO VALOR GUARDIA” (MVG) y de “MODULO VALOR CONSULTORIO” (MVC) a abonar por las guardias y prestaciones médicas se realizarán de acuerdo al siguiente detalle para cada uno de los Profesionales que se detallan:

 

Profesional

Guardia 24 hs de lunes a viernes

Guardia 24 hs día Sábado

Guardia 24 hs día Domingo o feriado

Consultorio

AGUIRRE PIRELÑA, RINA SABINA

1.34

1.47

1.62

1.27

ALVARADO, ANDREA

1.34

1.47

1.62

1.27

AÑON, DANIELA

1.27

1.39

1.53

1.27

BAROUILLE, FRANCISCO JAVIER

1.27

1.39

1.53

1.27

BRANDONI, JAVIER

1.27

1.39

1.53

1.27

CHIODINI, MAURO DAVID

1.27

1.53

1.53

1.27

CINALLI, MICAELA

1.27

1.53

1.53

1.27

COWEN, PATRICIA ALICIA

1.34

1.47

1.62

1.27

CRISTALDI, MIGUEL ANGEL

1.34

1.47

1.62

1.27

FALCON, VIVIANA KARINA

1.27

1.39

1.53

1.27

FRANZONI, LILIANA

1.27

1.39

1.53

1.27

GALAT, ALVARO VALENTIN

1.27

1.39

1.53

1.27

GUEIMAN, PABLO

1.27

1.39

1.53

14.29

HOLLAARDT, KARINA ALEJANDRA

0.63

0.70

0.77

0.63

LAVAGGI, CAROLINA

 

 

 

1.27

MARTINEZ BARONE, LUCIA

1.26

1.39

1.53

14.33

MOGICA, MARIA GABRIELA

1.27

1.39

1.53

1.27

MOLINA, LUCAS SEBASTIAN

1.27

1.39

1.53

1.27

OÑA GONZALEZ, MAXIMO PIO

1.27

1.39

1.53

1.27

RAMIREZ PORLEY, MALENA

1.34

1.47

1.62

1.27

ROSA, ALEJANDRO JAVIER

1.27

1.53

1.53

1.27

SAN ROMAN MEDINA, MARIA LAURA

1.34

1.47

1.62

1.27

SCICHILONE, MARIO ANGEL

1.27

1.39

1.53

1.27

SQUARZON, GRACIELA MARIA

0.63

0.70

0.77

0.63

VILLARREAL, KAREN

 

 

 

1.27

 

ARTÍCULO 2º: Las guardias de reemplazo se incrementarán en un 10% respecto de la que genere el reemplazo.-

Por las guardias de 12 hs. se abonará el 50% de los casos mencionados anteriormente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena Marina Natalia Blanco.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno