Boletines/Magdalena

Ordenanza Nº4087/23

Ordenanza Nº 4087/23

Magdalena, 19/04/2023

V I S T O:

 

                     Las actuaciones obrantes en el expediente letra S nº 462/23, mediante el cuál se propicia la realización de una operación de Leasing por parte del municipio con Provincia Leasing SA, y;

 

C O N S I D E R A N D O:

 

                                               Que el Municipio se encuentra en la necesidad de contar con más bienes de capital para mejorar su funcionamiento y así satisfacer las necesidades de la comunidad.

                                               Que el Departamento Ejecutivo entiende como adecuado el mencionado tipo de operatoria a realizarse para la adquisición del equipamiento que permita mejorar la operatoria de los sectores de obras y servicios públicos.

                                               Que se encuentra vigente la Línea Especial de Leasing para los municipios de la Provincia de Buenos Aires de Provincia Leasing SA perteneciente al Grupo Bapro.

                                               Que mediante la mencionada operatoria el Departamento Ejecutivo podrá contar con un Camión con Hidrogrúa.

                                               Que para ello se hace necesaria la autorización de este Honorable Concejo Deliberante y del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.

 

Por ello:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

ARTICULO 1º:  Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar con Provincia Leasing SA una operación de Leasing.

 

ARTICULO 2º:  La operatoria que se autoriza a contraer estará sujeto a las siguientes condiciones:

  • Tipo de operación: Leasing
  • Destino: 1 Camión marca IVECO modelo Tector 110.190, Chasis Cabina Simple Original de Fábrica, nueva O KM año 2023 con Hidrogrúa.
  • Monto total (sin IVA): hasta $ 60.000.000,00
  • Cantidad de Cuotas: 36
  • Tasa de Interés: Badlar Privada Promedio + 9 pts.
  • Comisión inicial: 2%
  • Gastos administrativos: 0,25% mensual.

 

ARTICULO 3º:  El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y en los futuros, los rubros y partidas necesarias para dar ingreso a los recursos referidos y egresos de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.

 

ARTICULO 4º:  Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y demás documentación que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente operación.

 

ARTICULO 5º:  Gírese la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que emita el informe técnico y de evaluación según lo dispuesto en las leyes 12462 y 13295.

ARTICULO 2º: Comuníquese, Regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 19 DE ABRIL DE 2023.-

Registrada bajo el nº 4087/23.-

Firmado: Mariel Semino (Presidente)

                Raul Gomez (Secretario)