Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº864

Resolución Nº 864

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 19/09/2023

Visto la nota presentada por el Instituto de Custodia y Adaptación del Disminuido Psicofísico (INCUDI), por la cual solicita el otorgamiento de un subsidio destinado a los siguientes gastos: renovación de las sillas de baño, adquisición de elementos de gimnasia para el trabajo de la kinesióloga y el profesor de educación física con adultos mayores y de utensillos de cocina; y atento a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y de la Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º- Otorgar un subsidio al Instituto de Custodia y Adapatación del Disminuido Psicofísico (INCUDI), C.U.I.T. 30-55161976-8 por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000.-), destinado a los siguientes gastos: pago de honorarios profesionales, gastos de traslados de niños y familia y funcionamiento de la entidad .-

ARTICULO 2º) - Autorízase a Contaduría General a abonar a al Instituto de Custodia y Adapatación del Disminuido Psicofísico (INCUDI), C.U.I.T. 30-55161976-8, la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000.-) atento a lo indicado en el artículo Primero.-

ARTICULO 3º- El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 5.1.7.0., del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 4°) Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs.8 del expediente 0-7979-2023, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs.9, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 – R.A.F.A.M.-

ARTÍCULO 5°)- Por Secretaría de Gobierno se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria.-

ARTICULO 6º)- Cúmplase, notifíquese a la entidad recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Departamento Contaduría General y Departamento Tesorería; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-