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Resolución Nº2369

Resolución Nº 2369

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 11/09/2023

Visto las presentes actuaciones, referidas a la eximición en el Impuesto Automotor solicitada por RASMUSSEN MARIA SOLEDAD, D.N.I. 31.561.698, por tratarse de un automóvil destinado al traslado de una persona con discapacidad; y,

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 4/5 obra copia fiel del Certificado de Discapacidad, emitido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, con vencimiento 31/07/2033 a nombre de Rasmussen Maria Soledad;

Que, a fs. 6 obra copia de Resolución Nº 563/2022 de fecha 25 de enero de 2022 mediante la cual se eximio del pago del Impuesto Automotor al vehículo identificado Dominio FEI 658 a partir de la cuota 01/2021 y hasta el día 14 de agosto de 2023;

Que, a fojas 8 el Departamento Recaudación informa que analizada la documentación presentada, correspondería se renueve la exención que pesa sobre el vehículo dominio FEI 658 resuelta mediante Expte. Nº 0-2242/2021 (Res. N.º 563/2022), dado que se le ha otorgado la renovación del certificado de discapacidad correspondiente con fecha 14/08/2023 y hasta el día 31/07/2033  en un todo conforma al Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, Ley 13.397, Articulo 243º inciso f);

Que, el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, Ley 10.397 y sus modificatorias, del año 2023, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) establece que quedan exentos del pago de la presente tasa "...los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad y acrediten su existencia mediante certificaciones extendidas conforme la Ley N° 10.592 (complementarias y modificatorias), la Ley Nacional N° 22.431 (complementarias y modificatorias) o la legislación que las reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley N° 19.279, conforme artículo 1° del Decreto N° 1.313 (y su reglamentación); que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor; conducidos por las mismas, salvo en aquellos casos en los que, por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad con discapacidad, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero...”;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º): Renuévese la eximiciòn del pago en el Impuesto Automotor - Ley Nº10.397 - al vehículo identificado con el FEI 658, a partir del 14/08/2023 y hasta el 31/07/2033 fecha en que expira el certificado de discapacidad, por encontrarse afectado al uso de una persona con discapacidad, en virtud de lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires del año 2023, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º): Dejar constancia que ante cualquier cambio de titularidad, o modificación en las condiciones que dieron lugar a la eximición otorgada, el propietario o responsable estará obligado a solicitar la baja de la misma; de no ser así se le aplicarán las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO 3º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento Recaudación – Sector Automotores; hecho, ARCHIVAR.-