Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2292

Resolución Nº 2292

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 31/08/2023

Visto las presentes actuaciones, atento el Recurso de Apelación obrante de fojas 61 a 70 presentado por parte de Sandro Omar Lupin, DNI N° 20.561.830, en carácter de socio comanditado y director técnico de la firma FARMACIA DEL PUERTO BAHIENSE SCS, Contribuyente N° 4.435, contra la Resolución N° 2-2272/2017, y;

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 4 obra Resolución Nº 2-6037/2015 de fecha 26 de noviembre de 2015 mediante la cual se  intima a FARMACIA DEL PUERTO BAHIENSE SCS, Contribuyente Nº 4435 al pago de los Derechos por Publicidad y Propaganda y la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los periodos 3, 5 y 6 del año 2009, 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del año 2010 ,1, 2, 3, 4, 5 y 6 del año 2011, 3 del año 2012, 1, 2, 4 y 5  del año 2013, 1, 2 y 6 del año 2014 y 1, 2 y 3 del año 2015;

Que, de fs. 7 a 15 obra Recurso Jerárquico en Subsidio presentado por Sandro Omar Lupin, DNI N° 20.561.830, en carácter de socio comanditado y director técnico de la firma FARMACIA DEL PUERTO BAHIENSE SCS contra la Resolución del 26 de noviembre de 2015 Nº 2-6037/2015 mencionada precedentemente;

Que, a fs. 60 obra Resolución Nº 02-2272/2017 de fecha 05 de junio 2017 mediante la cual en su Artículo N° 1 se Denegó el Recurso de Reconsideración presentado por Sandro Omar Lupin, DNI N° 20.561.830, en carácter de socio comanditado y director técnico de la firma FARMACIA DEL PUERTO BAHIENSE SCS, Contribuyente N° 4.435 y se ratificó la Resolución Nº 2-6037/2015 de fecha 26 de noviembre de 2016;

Que, de fojas 61 a 70 obra Recurso de Apelación presentado por Sandro Omar Lupin, DNI N° 20.561.830, en carácter de socio comanditado y director técnico de la firma FARMACIA DEL PUERTO BAHIENSE SCS, contra la Resolución Nº 02-2272/2017;

Que, a foja 72 y 72 vuelta obra predictamen de la Secretaría de Economía el cual expresa: "..Por ello, salvo mejor criterio de la superioridad, que no correspondería dar tratamiento en esta instancia administrativa al Recurso de Apelación presentado en los términos del articulo 55 de la Ley 12.008 contra la Resolución Nº 02-2272-2017.";

Que, a foja 75/76,  obra dictamen por parte de la Dirección General de Técnica Jurídica y a fs. 77/78 obra dictamen de la Subsecretaria Legal y Técnica;

Que, a fs. 95 el Departamento Recaudación informa que la Farmacia del Puerto Bahiense SCS, contribuyente N.° 4435, continúa con la deuda reclamada en el presente expediente de intimación desde cuota 03/2009 hasta cuota 03/2015, adeuda también desde cuota 04/2015 hasta cuota 03/2017 y declaración y pago de la suma resultante de cuota 04/2017 a cuota 12/2022 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene. Como así también adeuda de cuota 03/2009 a cuota 06/2022 en concepto por Publicidad Propaganda;

Que, a fs. 98 obra dictamen de la Subsecretaria Legal y Técnica el cual expresa: "Visto el recurso jerárquico en subsidio presentado contra la Resolución 2- 6034/2015, esta Subsecretaría adhiere en un todo al criterio seguido en el dictamen de s. 55/59 en cuanto a que, conforme los motivos expuestos correspondería ratificar la validez del acto administrativo en cuestión.- En consecuencia, y salvo mejor criterio, esta oficina sugiere el rechazo del recurso jerárquico aludido...";

Que, a fs. 100 la oficina Gestión de Cobros informa que no observa periodos judicializados respecto del contribuyente Nº 4434 - Farmacia del Puerto Bahiense S.C.S.;

Que, a fs. 102 vuelta el Departamento Inspecciones informa que la única actuación llevada a cabo se remite a una fiscalización de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por el periodo 06/1997 a 05/2003 en expediente Nº 229-2649/2003;

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades:

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º).- Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por Sandro Omar Lupin, DNI N° 20.561.830, en carácter de socio comanditado y director técnico de la firma FARMACIA DEL PUERTO BAHIENSE SCS, Contribuyente N° 4.435, contra la Resolución Nº 2-2272/2017, 05 de junio de 2017, mediante Expediente N° 711-6928/2017, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTÍCULO 2º).-Ratificar la Resolucion Nº 2-2272/2017 de fecha 05 de junio de 2017, atento a los considerandos de la presente Resolucion.-

ARTÍCULO 3º).- Cumplir, dar al R.O, notificar, tomar nota Departamento Recaudación, Dirección General de Técnica Jurídica, Departamento Inspecciones, demás dependencias que correspondan, Hecho: ARCHIVAR.-