Boletines/San Andrés de Giles
Resolución Nº 234/23
San Andrés de Giles, 31/07/2023
Visto
Las actuaciones contenidas en el expediente administrativo Municipal Nº 4101- 17.525 -0 2023; Que las mismas tienen su origen en l a solicitud formulada por la señora Directora de Inspección General y Protección Ciudadana , referente a la posibilidad de destruir cajas conteniendo documentación consistente en trámites inherentes a la obtención de licencia para conducir que data de los años 2011 y 2012, actualmente en el archivo municipal; y
Considerando
Que se trata de treinta y seis (36) cajas con documentación del año 2011 y cuarenta y cuatro (44) cajas conteniendo documentación del año 2012; haciendo un total de Ochenta (80) Cajas
Que la conservación, archivo y destrucción de documentación inherente a actuaciones correspondientes al ámbito comunal, se encuentra regida por el artículo 283º de la Ley Orgánica de las Municipalidades que establece que todos los documentos, libros y publicaciones municipales serán conservados en archivos organizados según los métodos que aconseje el Archivo Histórico Provincial. Pasados diez (10) años con consentimiento previo de dicha Institución, podrán ser destruidos los que no revistan interés histórico, bibliográfico o estadístico y los que no sean necesarios conservar para amparar derechos del Estado o de terceros.
Que de acuerdo a lo normado , y habiéndose realizado el diagnóstico del estado del primer piso del archivo Municipal, se ha detectado que existe sobre carga , sugiriendo el personal evaluador , descomprimir el lugar mediante la eliminación de documentación , siempre que el procedimiento se encuentre amparado por la referida norma demás legislación conexa vigente;
Que como Anexo de la presente resolución, obra el detalle de la documentación que se pretende destruir;
Que han intervenido en las actuaciones del referido expediente, la señora Secretaria de Gobierno y el señor Asesor Letrado Municipal Interino;
Que no existe impedimento alguno para resolver favorablemente sobre el particular
Por todo lo expresado el Intendente Municipal Interino, en uso de las facultades que le confiere artículo 283º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y demás legislación concordante vigente;
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar a la Dirección de Inspección General y Protección Ciudadana, la destrucción de treinta y seis (36) cajas con documentación del año 2011 y cuarenta y cuatro (44) cajas conteniendo documentación del año 2012; haciendo un total de Ochenta (80) Cajas ,consistente en trámites correspondientes a la obtención de licencia para conducir que data de los años 2011 y 2012, actualmente en el archivo municipal y que se adjunta como anexo 1 de la presente resolución, formando parte integrante de la misma.
ARTICULO 2º: Registrar, comunicar, publicar y archivar oportunamente.