Boletines/San Andrés de Giles
Resolución Nº 218/23
San Andrés de Giles, 18/07/2023
Visto
La presentación formulada por la señora Directora de Producción de la Municipalidad , Dra. Florencia Mémoli, dando origen a la formación del expediente administrativo municipal Nº 4101-17427-0-2023; y
Considerando
Que a través de la misma la funcionaria , plantea la posibilidad de brindar desde la Municipalidad el Cuarto Curso “Capacitación en Manipulación de Alimentos” correspondiente al ejercicio del año 2023 , a desarrollarse durante el mes de agosto próximo
Que sustenta su petición, en el creciente desarrollo que se advierte en el rubro gastronomía a través de sus diferentes aristas, acompañado con el impulso que ha adquirido el turismo local de manera especial en el aspecto rural , además de las ferias populares y demás actividades programadas desde la Municipalidad con afluencia de numeroso pública.
Que el objetivo del Curso Capacitación de Manipulación de Alimentos es difundir y capacitar respecto de la correcta manipulación ,preparación, conservación y consumo de alimentos como así también concientizar sobre la responsabilidad asociada al manejo de los mismos inculcando las bases de las BPM (buena práctica de manufactura) ;
Que, el dictado del mismo, estará a cargo de la Licenciada en Nutrición, señora María Carolina Carabelli (Matrícula Nacional 6336 y Matrícula Profesional de la Provincia de Buenos Aires 1994 ) quién posee una destacada trayectoria y participación y vasta experiencia en el tema referenciado;
Que la capacitación de referencia se brindará en las instalaciones del Centro Integrador Comunitario (C.I.C) ubicado en la Planta Urbana del Partido de San Andrés de Giles , y será dictado una vez por semana en tres clases de dos horas de duración cada una y una cuarta jornada en la cual se tomará el examen final con una igual duración horaria y un recuperatorio de una hora treinta minutos de duración.
Que el dictado de la capacitación referenciada generará al Municipio erogaciones, cuya cancelación corresponde disponer.
Por ello, ello el Intendente Municipal Interino en uso de las atribuciones que le son propias
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar a las áreas contables del Municipio a cancelar los gastos originados como consecuencia de la puesta en marcha y desarrollo del Cuarto curso :”Capacitación en Manipulación de Alimentos correspondiente al año 2023 ,que brindará la Municipalidad organizado por la Dirección de Producción de la Municipalidad ,
ARTICULO 2º: El dictado del curso a que hace referencia el artículo precedente estará a cargo de la Licenciada en Nutrición , señora María Carolina Carabelli (Matrícula Nacional 6336 y Matrícula Profesional de la Provincia de Buenos Aires 1994) siendo el mismo , exigido para todas aquellas personas que se desempeñen en fabricación, elaboración, distribución ,producción, venta entrega, expendio y/o tenencia de productos alimenticios, en virtud de las disposiciones del Código Alimentario Argentino, Ley nº 18284.
ARTICULO 3º. El dictado del Curso a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución, se brindará en las instalaciones del Centro Integrador Comunitario (C.I.C) ubicado en la Planta Urbana del Partido de San Andrés de Giles , y será dictado una vez por semana en tres clases de dos horas de duración cada una , y una cuarta jornada en la cual se tomará el examen final con una igual duración horaria y un recuperatorio de una hora y media de duración.
ARTICULO 4º: Los gastos a que se refiere el artículo precedente serán imputados en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos ,a cuyo efecto las áreas indicadas quedan facultades para su registración y pago.
Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal
Jurisdicción: 1110100000 Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción: 1110105000 Secretaría de Gobierno
Categoría Programática 23 Desarrollo Productivo Local
Actividad 01 Coordinación y Desarrollo de la Producción
Inciso 3 Servicios No Personales
Partida Principal 4 Servicios Técnicos y Profesionales
Partida Parcial 5 De Capacitación
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar a las áreas cuya intervención corresponda en virtud de la naturaleza de la presente norma y archivar.