Boletines/San Andrés de Giles

Resolución Nº201/23

Resolución Nº 201/23

San Andrés de Giles, 05/07/2023

Visto

La presentación formulada con fecha 3 de julio recientemente pasado, por el señor Director de Cultura, Turismo y Patrimonio dando origen a la formación del expediente Nº 4101-17.347  -0-2023; y

Considerando

Que da  cuenta el funcionario que el próximo viernes 7 de julio, tendrá lugar en la Sala de Espectáculos “ Profesor Secundino N. García” del Centro Municipal de Cultura de nuestra ciudad , la presentación de la Orquesta Sinfónica Nacional de Ciegos “Pascual Grisolía”,  del Ministerio de Cultura de la Nación, de nuestro país

                           Que esta Orquesta Sinfónica ,cuenta con una destacada trayectoria en nuestro país de setenta y cinco años de vida institucional , convirtiéndose  a partir de su creación la primera en su género a nivel mundial;

                               Que transcurridos estos años de trayectoria y a punto de celebrar setenta y seis años , ha llevado a cabo una notable actividad artística, cultural, social y pedagógica, a través de sus presentaciones en diversas regiones de todo el país.

                                   Que este destacado Agrupamiento Musical Instrumental  lleva el nombre de su fundador el Maestro  “Pascual Grisolía”, quien en 1939 inició una escuela de instrumentos de viento en el Patronato Nacional de Ciegos, brindando su concierto inaugural, el 15 de octubre de 1947 convirtiéndose así en pionera en el mundo .

                                    Que en el año  1997, la UNESCO le otorgó el Gran Premio “Camu “ por los extraordinarios aportes en beneficio de la comunidad”, habiendo obtenido en el mes de octubre del año  2012, la Mención de Honor “Domingo Faustino Sarmiento”, máxima distinción otorgada por el Honorable Senado de la Nación Argentina, en reconocimiento “a su obra destinada a mejorar la calidad de vida de sus semejantes, de las instituciones y de sus comunidades”, sumándose  a dichas menciones, diversas declaraciones de interés cultural  por parte de  organismos municipales, provinciales y nacionales, con motivo de distintos conciertos brindados en diversas  temporadas

                          Que en esta presentación la Comunidad Gilense podrá disfrutar de un agrupamiento musical sinfónico instrumental, compuesto por cuarenta y siete músicos con reducción visual y no videntes., estando la dirección a cargo el Profesor Darío Dominguez Xodo.

                               Que se contará además con la presencia de la señora Directora de Elencos Estables de la Secretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Nación, Profesora Mariela Bolatti, el señor Programador Artístico de la Orquesta Sinfónica Nacional de Ciegos, Profesor Marcos Rodriguez y otras importantes autoridades del Superior Gobierno Nacional y Provincial ;

                               Que la presentación de este Importante Agrupamiento Musical Sinfónico, ha sido declarado de Interés del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad mediante Decreto Nº 1740,dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 30 de junio del año en curso;

                                   Que la realización del evento generará a la Municipalidad  , erogaciones cuya cancelación corresponde disponer

Por ello el Intendente Municipal Interino en uso de las facultades legales que le son propias:

R E S U E L V E

                       

ARTICULO 1º:   Autorizar a las Areas Contables del Municipio a cancelar las erogaciones emergentes de la presentación el próximo viernes 7 de julio, en la Sala de Espectáculos “ Profesor Secundino N. García” del Centro Municipal de Cultura de nuestra ciudad , de la Orquesta Sinfónica Nacional de Ciegos “Pascual Grisolía”,  del Ministerio de Cultura de la Nación, de nuestro país.

ARTICULO 2º:     Las erogaciones a que se refiere el artículo precedente, serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes en virtud de la naturaleza de los gastos, a cuyo efecto las áreas contables mencionadas , quedan autorizadas para su registración y pago.

ARTICULO 3º: En caso que condiciones climáticas adversas u otros factores imprevistos determinen que el evento mencionado en el artículo 1º deba ser suspendido y reprogramada su realización para una nueva fecha a determinar, servirán para entonces los efectos del presente acto administrativo. 

ARTICULO 4º: Registrar, comunicar a las áreas cuya intervención corresponda en virtud de la naturaleza de la presente norma  y oportunamente archivar.