Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2129/23
San Andrés de Giles, 26/07/2023
Visto
El contrato oportunamente suscripto, entre este Municipio y la Cooperativa de Consumo Popular de Electricidad y Obras de Pavimentación de Cucullú , representadas por el Sr. Intendente Municipal Miguel Angel Gesualdi y la Presidente de la Cooperativa Sra. Cecilia María Guillet , y
Considerando
Que el citado instrumento contractual tiene por objeto el pago por parte de la Cooperativa al Municipio, de la contribución sustitutiva de todo gravamen equivalente al 6% de sus entradas brutas, netas de impuestos, recaudadas por la venta de energía eléctrica.
Que la Municipalidad, devenga mensualmente el importe correspondiente al consumo corriente por suministro de distintas dependencias , excluído el alumbrado público, el cuál es facturado mensualmente.
Que es intención de las partes compensar los referidos créditos recíprocos.
Que han intervenido en las presentes actuaciones, la Sra. Contadora y el Sr. Asesor Letrado Municipal.
Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le otorga la ley 11.769, ordenanza impositiva y fiscal vigente el art. 921 y ss del Código Civil y Comercial
Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le otorga la ley 11.769, ordenanza impositiva y fiscal vigente el art. 921 y ss del Código Civil y Comercial