Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2127/23

Decreto Nº 2127/23

San Andrés de Giles, 25/07/2023

Visto

El contrato oportunamente suscripto, entre este Municipio y la Cooperativa Limitada de Consumo Popular de Electricidad y Obras de Pavimentación de Cucullu  , representadas por el Sr. Intendente Municipal Miguel Angel Gesualdi y la Presidente de la Cooperativa Sra. Cecilia María Guillet , y

Considerando

Que el citado instrumento contractual tiene por objeto la instrumentación del cobro por parte de la Cooperativa, de la Tasa Municipal de alumbrado público correspondiente a la localidad de Cucullú , incluyendo  discriminadamente en sus facturas emitidas a partir del 1º de enero de 2023,  en el rubro denominado ley 10740 y a percibir en representación de la Municipalidad, los porcentajes previstos por el art. 3º de la ordenanza nº 72/89  y ordenanzas impositiva y fiscal  nº 2469/22 , calculados sobre los montos netos facturados y fijados actualmente en las zonas  urbanas y complementarias de la localidad de Cucullú.

                                      La Municipalidad, se obliga a abonar mensualmente a la Cooperativa,  en concepto de gestión de cobranza, una suma equivalente al 4.5% del importe total percibido en concepto de Tasa de Alumbrado.

                                    Que han intervenido en las presentes actuaciones, la Sra. Contadora y el Sr. Asesor Letrado Municipal.

Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le otorga la ley 10.740, ordenanza nº 72/89 , y ordenanza impositiva y fiscal vigente 

                                       

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º: Convalidar el contrato de compensación y contribución oportunamente suscripto entre este Municipio y la Cooperativa Limitada de Consumo Popular de Electricidad y Obras de Pavimentación de Cucullu  , representadas por el Sr. Intendente Municipal Miguel Angel Gesualdi y la Presidente de la Cooperativa Sra. Cecilia María Guillet ,  en virtud de lo establecido en la Ley nº 10.740, que como Anexo I forma parte integrante del presente acto administrativo.

ARTICULO 2º: Registrar. Dar intervención a las áreas pertinentes en virtud de la naturaleza de la presente norma, publicar y archivar.

Anexos

decreto nº2127

contrato

DESCARGAR