Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2044/23
San Andrés de Giles, 13/07/2023
Visto
Que es propósito del D.E. otorgar una bonificación compensatoria de carácter variable al personal que revista en planta permanente, en virtud de la situación económica actual; y
Considerando
Que el artículo Nº 9, inc. v), del Convenio Colectivo de Trabajo, inscripto bajo el Nº 38 del Registro del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, del año 2017, Ordenanza Mpal. Nº 2061/17 H.C.D., faculta al Departamento Ejecutivo a establecer otras bonificaciones a las señaladas en el artículo mencionado.
Que existe la posibilidad financiera de efectuar el gasto en concepto de bonificación compensatoria, como asimismo, los créditos presupuestarios suficientes para atender dicha erogación.
Por ello en ejercicio de las facultades que le otorga la ley Orgánica Municipal el Intendente Municipal interino:
D E C R E T A
Artículo 1º: Otorgase una bonificación compensatoria remunerativa de carácter variable, a los agentes de planta permanente que permanezcan en actividad al 1º de Julio de 2023, cuyos salarios netos –excluidos aportes y retenciones de carácter voluntario- no alcancen un importe de ciento dos mil Pesos ($102.000,00).
Artículo 2º: Para establecer el valor de la bonificación se atenderá a los siguientes puntos:
Artículo 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en los artículos precedentes se imputarán a cada una de las partidas presupuestarias previstas en el presupuesto de gastos vigente para atender dicha erogación.
Artículo 4º: A partir del 01 de julio de 2023 quedará derogado el decreto Nº 0946/23 y toda otra norma que se oponga a la presente.
Artículo 5º: Rregístrese, comuníquese a la Oficina de Recursos Humanos y Capacitación, a contaduría y archívese.