Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1979/23

Decreto Nº 1979/23

San Andrés de Giles, 13/07/2023

Visto

Que la Municipalidad de San Andrés de Giles, en el marco de un intensivo plan   de promoción  y atención de la salud pública y prevención de las enfermedades, viene realizando distintas acciones tendientes a brindar a la población  la atención gratuita e igualitaria para todos en  las especialidades médicas de mayor demanda; y

Considerando

Que a fin de cumplir con este objetivo, es necesario dotar al hospital Municipal San Andrés de profesionales médicos especialistas en condiciones de brindar asesoramiento respecto de las políticas a seguir en cuanto del tratamiento de las enfermedades mas comunes en nuestra Comunidad, su prevención y tratamiento  

Que asimismo la pandemia determinada por el COVID 19 y las secuelas provocadas en quienes han padecido la enfermedad,  demandan una respuesta profesional  rápida y efectiva en la emergencia;

          Que  la  Municipalidad no cuenta con recurso humano genuino para cubrir esa necesidad en la actualidad.

                   Que el  Dr. Mariano Duarte, Médico Clínico y Cardiólogo, (Matrícula Nacional 98360)  Jefe del Laboratorio de Hipertensión Arterial del Hospital de Clínicas “José de San Martín¨ de la CABA, reúne las condiciones para brindar asesoramiento respecto de  Prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades prevalentes en la Comunidad.

Por ello el Intendente Municipal Interino, en uso de las facultades propias de su función

D  E  C  R   E  T  A

 

 

ARTICULO 1ro: Designar  en la Planta Temporaria de la Municipalidad al  Médico Clínico y Cardiólogo, (Matrícula Nacional 98360)  Jefe del Laboratorio de Hipertensión Arterial del Hospital de Clínicas “José de San Martín” de la CABA, Dr. DUARTE, Mariano, DNI Nº 21.736.931, Asesor en Prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades prevalentes en la Comunidad, en el ámbito de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de San Andrés de Giles.

ARTICULO 2do: La presente designación tendrá vigencia desde el día 01 de Julio de 2023, hasta el día 31 de Diciembre inclusive de 2023.

ARTICULO 3ro: Fijase como retribución por las tareas asignadas la cantidad equivalente a la Clase I, personal Profesional, sujeto a las retenciones legales.

ARTICULO 4to: Las Erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputarán según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), en la siguiente Partida Presupuestaria:

Jurisdicción                   1110100000: Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción     1110107000: Secretaría de Salud

Programa                              70: Prestación de servicios en el Hospital Mpal. San Andrés

Actividad                               1  Servicios de Salud en Hospital Municipal

Inciso                                     1: Gastos en Personal

P.Principal                             2: Personal Temporario

Partida Parcial                           1: Retribuciones del cargo

Partida subparcial                     9: Temporario

ARTICULO 5to:Comuníquese a la Oficina de Recursos Humanos y Capacitación, regístrese y archívese.-