Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1968/23
San Andrés de Giles, 13/07/2023
Visto
La creación, bajo la órbita de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social, de la Coordinación de la Juventud; y
Considerando
Que en virtud de ello, es necesaria la incorporación de un personal temporario para la realización de las tareas que allí se van a desarrollar.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello el Intendente Municipal interino, en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1ro: Designase personal temporario para realizar distintas tareas que se van a desarrollar dentro del área de Juventud, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social, a la Srta. MANSILLA, Priscila, DNI: 46.338.462.
ARTICULO 2do: La presente designación tendrá vigencia desde el día 01 de Julio de 2023, hasta el día 30 de Septiembre inclusive de 2023.
ARTICULO 3ro: Fijase como retribución a la tarea asignada la cantidad equivalente a la clase XIV, Personal Administrativo, sujeta a las retenciones legales correspondientes.
ARTICULO 4to: Las Erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputarán según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), en la siguiente Partida Presupuestaria:
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110106000: Sec. de Desarrollo Humano y Acción Social.
Programa 63: Política de Promoción, Desarrollo y Asist. Social
Actividad: 14: Políticas de Juventud.
Inciso 1: Gastos en Personal
P.Principal 2: Personal Temporario
Partida Parcial 1: Retribuciones del cargo
Partida subparcial 9: Temporario
ARTICULO 5º.- Comuníquese a la Oficina de Recursos Humanos y Capacitación, regístrese y archívese.-