Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1961/23

Decreto Nº 1961/23

San Andrés de Giles, 13/07/2023

Visto

Las problemáticas sociales del Partido de San Andrés de Giles que hacen necesaria la atención social  y Psicológica de las personas involucradas; y

 

Considerando

Que teniendo en cuenta la relevante importancia de la resolución favorable de dichas problemáticas en bien de la  persona, la familia y la comunidad, resulta imprescindible contar con una oficina y proceder a la designación de  profesionales idóneos para tal fin.

                                Que en virtud de ello es  necesario  dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, el Intendente Municipal interino, en uso de las facultades legales que le son propias:

 

D  E  C  R   E  T  A

 

ARTICULO 1ro:Desígnese personal temporario para desempeñarse en la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social  a la técnica en Minoridad y Familia, Sra. CHIMENTE, Agustina, DNI: 42.462.218.

ARTICULO 2do: La presente designación tendrá vigencia desde el día 01 de Junio de 2023, hasta el día 30 de Septiembre inclusive de 2023.

ARTICULO 3ro: Fijase como retribución por las tareas asignadas la cantidad  equivalente a la Clase XIV, personal Técnico, sujeta a las retenciones legales

ARTICULO 4to: Las Erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputarán según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), en la siguiente Partida Presupuestaria:

Jurisdicción                       1110100000: Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción          1110106000: Sec. de Desarrollo Humano y Acción Social.

Programa                                       63: Política de Promoción, Desarrollo y A. Social

Actividad:                                   01: Promoción, desarrollo y asistencia social.

Inciso                                            1: Gastos en Personal

P.Principal                                     2: Personal Temporario

Partida Parcial                                   1: Retribuciones del cargo

Partida subparcial                             9: Temporario

ARTICULO 5to:Comuníquese a la Oficina de Recursos Humanos y Capacitación, regístrese y archívese.-