Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1896/23

Decreto Nº 1896/23

San Andrés de Giles, 13/07/2023

Visto

Lo solicitado por el Sindicato  de Obreros de la Industria de la Carne,  en carácter de Titular, con domicilio legal en calle 30 esquina 23, Partido de Mercedes, dando origen al expediente Nº 4101-17275/2023; y

Considerando

Que el peticionario ha dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos, para obtener la habilitación municipal de comercio.

Que ha presentado Contrato de Locación del inmueble.

Que posee Certificado de Uso Conforme para la actividad declarada.

                                               Que ha presentado la constancia de inscripción en AFIP, en coincidencia con el rubro declarado.

                                               Que ha presentado Declaración Jurada.

                                               Qué el local donde funciona la explotación comercial a nombre de la peticionante, no adeu­da dere­chos de construcción, según acta de Inspección Nº 017711 – de la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares.

                                                  Que el informe producido por la Oficina de Comercio e Industrias ha determi­nado que al momento de la inspección reúne condiciones mínimas de seguridad, salubridad y funcionalidad para el fin que se solicita, al elevar el acta de inspección Nº 000821-A.

                                           

Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atri­buciones legales que le son propias:

DECRETA

 

ARTICULO 1ro; Concédase Habilitación Definitiva  a partir del día 13  de Julio del 2023, al ru­bro Oficina administrativa de la carne de Mercedes, con nombre de fantasía “Sindicato de obreros de la industria de la carnes” sito del  local en calle Rivadavia Nº 1299, de  la Localidad de San Andrés de Giles, Partido de San Andrés de Giles, inmueble propiedad  de la Sra. Buzetti, Hebe Otilia; D.N.I. 1.727.648,  identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral­: Circ.: I – Secc.: B - Mz.: 142 -Pc.: 11A –-  cuyos datos identificatorios tributarios y comerciales se detallan a continuación:

 

Identificación Tributaria

 

CUIT: 30-66624350-8.-

                                                 Identificación de la Actividad Comercial

 

Fecha de iniciación de la actividad: 13/07/2023.

Actividad declarada por el titular: Oficina administrativa de la carne de Mercedes. -

Categorización según Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente: Servicios de sindicato. -

Actividad según Nomenclador Código NAIBB del Ministerio de Haciendas y Finanzas - Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires: 942000.-

Uso permitido según Código de Planeamiento de la Municipalidad: Administración 1a.-

Nombre de Fantasía: “Sindicato de obreros de la industria de la carne Mercedes”

 

 

 

Identificación del local comercial

 

Ubicación del Inmueble: calle Rivadavia Nº 1299.-

Nomenclatura catastral del inmueble: Circ.: I – Secc.: B  - Mz.: 142  -Pc.: 11ª. –

Superficie total de la edificación: --- mts2

Superficie destinada al comercio: 60  mts2

Metros de Frente de la edificación: --- mts

Metros de Frente del local: 10 mts

Carácter de ocupación del solicitante: Locatario.

 

 

ARTICULO 2do; La Vigencia de la habilitación otorgada en el artículo precedente del presente decreto, quedara supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento y al cumplimiento de la normativa vigente que regule la actividad para la cual fuera otorgada.

 

ARTICULO 3ro; Disponer que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevara a la caducidad de la habilitación otorgada.

 

ARTICULO 4to; Expedir el certificado de habilitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 1ero del presente decreto.

 

ARTICULO 5to; La presente habilitación corresponde al Nº 54556 del Registro General de Industria y Comercio de esta Municipalidad.

 

ARTICULO 6to; Entréguese copia al solicitante, a la Oficina de Comercio, a la Secretaría administrativa, regístrese y archívese.-