Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1889/23
San Andrés de Giles, 11/07/2023
Visto
Lo solicitado por Antonella Victoria Freggiaro referente a la posibilidad de recibir ayuda económica para afrontar gastos referidos a subsistencia; y
Considerando
Que la peticionante no cuenta con los medios necesarios para cubrir ese gasto con recursos propios;
Que la situación de la peticionante se detalla en el estudio social practicado por el Servicio Social de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad;
Que el Departamento Contable ha informado respecto de la disponibilidad de fondos en la Partida Presupuestaria correspondiente.
Que la Municipalidad, como organismo representativo del Estado , debe asegurar que la población tenga cubiertas sus necesidades vitales (vivienda, asistencia sanitaria, alimento ,educación, etc).
Por ello el Intendente Municipal Interino en uso de las facultades legales que le son propias:
Por ello el Intendente Municipal Interino en uso de las facultades legales que le son propias: