Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1888/23
San Andrés de Giles, 11/07/2023
Visto
Lo informado por la Secretaría de Economía y Finanzas de la Municipalidad respecto de la necesidad de contar con el asesoramiento y solución de problemas generados por los usuarios del Sistema RAFAM y actualización de las versiones y procedimientos que modifican el mismo, mantenimiento de red de las dependencias municipales periféricas y el desarrollo de la implementación de Medicina Laboral ;y
Considerando
Que resulta necesario contratar personal idóneo para esos fines.
Que se ha celebrado contrato con el señor Osvaldo Luis Funes.
Que la referida Secretaría, ha fundamentado la incompetencia para cubrir la prestación por parte del recurso humano profesional existente en sus áreas de influencia, por lo que la contratación formalizada encuadra en lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello, el Intendente Municipal Interino en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar el contrato de locación de obra suscripto entre la Municipalidad y el Sr. Osvaldo Luis Funes, para que el mismo brinde a la Municipalidad el asesoramiento y solución de problemas generados por los usuarios del Sistema RAFAM y actualización de las versiones y procedimientos que modifican el mismo, mantenimiento de red de las dependencias municipales periféricas y el desarrollo de la implementación de Medicina Laboral, reconociéndose de acuerdo a lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidad , la incompetencia del recurso profesional existente en la Municipalidad.
ARTICULO 2º Las erogaciones que demande el cumplimiento del presente contrato serán imputados en la partida presupuestaria
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción:1110107000: Secretaría de Economía y Finanzas
Actividad 01 - Conducción, Planeamiento, Control y Administración de los Recursos y Gastos Municipales .
Inciso 3- Servicios no personales
P.Principal 4 - Servicios Técnicos y Profesionales
Partida Parcial 6- De informática y sistemas computarizados
ARTICULO 3º: Registrar, Comunicar a quien corresponda y archivar.
CONTRATO DE ASESORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE SOFTWARE
El día 3 de julio del año 2023, entre la Municipalidad de San Andrés de Giles en adelante llamada La Municipalidad representada en este acto por el Intendente Municipal Interino Sr. Miguel Ángel Gesualdi D.N.I. Nº 22.531.359 por una parte y por la otra el señor Osvaldo Luis Funes D.N.I. Nro. 7.800.575, con domicilio legal en Padre Kauffman 1529, San Andrés de Giles (C.P. 6720), Pcia. de Buenos Aires quién identifica su actividad comercial con CUIT Nro. 20-07800575-1, IVA Responsable Monotributo, en adelante llamado La Empresa se conviene celebrar el presente contrato de acuerdo a las siguientes cláusulas y condiciones:------------------------------------------------
Artículo 1°: La Empresa se compromete a efectuar la administración, asesoramiento, y solución de problemas generados por los usuarios del Sistema RAFAM, actualización de las versiones y procedimientos que modifican el mismo, mantenimiento de red de las dependencias municipales periféricas y mantenimiento del Sistema de Medicina Laboral.------------------------------------------------
Artículo 2º: El importe fijado por la prestación de dicho servicio asciende a la suma de CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000) mensuales, que será abonada cada cuota del 1 al 10 del mes siguiente de cada mes devengado.------------------------------------------
Artículo 3º: El presente contrato tendrá vigencia del 1 de julio al 31 de diciembre de 2023.--
Artículo 4º: Las erogaciones que demande el cumplimiento del presente contrato serán imputados en la partida presupuestaria
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110117000: Secretaria de Economía y Finanzas
Actividad 01 - Conducción, Planeamiento, Control y Administración
Recursos y Gastos Municipales.
Inciso 3 - Servicios no personales
P.Principal 4 - Servicios Técnicos y Profesionales
Partida Parcial 6 - De informática y sistemas computarizados del Presupuesto de gastos vigente.
Artículo 5º: Las partes pueden resolver el presente contrato, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días.
Artículo 6º: A los efectos legales, La Municipalidad fija su domicilio en calle Moreno Nº 338 y la empresa fija su domicilio legal en Padre Kauffman Nº 1529, ambos de la ciudad de San Andrés de Giles, , Partido del mismo nombre , Provincia de Buenos Aires San Andrés de Giles, Provincia. de Buenos. Aires ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
En prueba de conformidad y aceptación se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Andrés de Giles, a los 3 días del mes de julio de 2023.-------------------------------------------------------------------------------
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Osvaldo Luis Funes Miguel Ángel Gesualdi
Intendente Municipal Interino
Partido San A. de Giles