Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1797/23

Decreto Nº 1797/23

San Andrés de Giles, 05/07/2023

Visto

Lo informado por el  señor Secretario de Obras y Servicios Públicos dando cuenta  de la necesidad de  contar en el área con un Profesional Universitario matriculado correspondiente a la rama de la Ingeniería , para ejercer la responsabilidad respecto de la supervisión técnica de los trabajos y  garantizar el correcto cumplimiento en su función de inspector de Obra en las distintas obras públicas  que se encuentran en ejecución o próximas a comenzar , que se detallan más abajo ; y

Considerando

Que es necesario en este contexto disponer con un Profesional Matriculado perteneciente a la rama de la Construcción para controlar la calidad de los materiales y la eficiencia de los procedimientos constructivos; conformar las Actas de: Replanteo e Inicio de Obra, Recepción Provisoria y Recepción Definitiva; extender las Certificaciones de Obra; impartir las instrucciones que considere necesarias para el mejor desarrollo de los trabajos; determinar la demolición y reconstrucción de todo lo que a su juicio esté mal ejecutado; rechazar todo material que considere defectuoso o de mala calidad; decidir el reemplazo de Representante Técnico, en caso de que su desempeño sea ineficiente; disponer  el retiro de las obras de cualquier miembro del personal a cargo del Contratista que resultare a su criterio incompetente, negligente o actúe de manera tal que perturbe o perjudique el normal desarrollo de la obra o las tareas de inspección y ordenará el aumento, modificación o cambio parcial o total de los equipos presentados por el Contratista, antes o durante los trabajos, si ello fuese necesario para satisfacer el perfecto cumplimiento de la obra dentro del plazo de ejecución programado, en las siguientes obras públicas  , en ejecución en San Andrés de Giles , con intervención de la Municipalidad  

       Que la mencionada Secretaría , ha  fundamentado la incompetencia para cubrir la prestación  por parte del recurso humano profesional existente en esa área, por lo que la contratación formalizada encuadra en lo normado por la L.O.M.

              Que el Ingeniero Civil Marcelo Eduardo Gasparro reúne las condiciones necesarias para ejercer las tareas mencionadas

                                                 Que ha sido celebrado contrato de locación de obra con el mencionado profesional;

                                                     Que deviene necesario dictar el acto administrativo pertinente, con el objeto de convalidar el contrato suscripto.

Por ello, el Intendente Municipal  Interino , en uso de las atribuciones que le son propias

 

D E C R E  T A

 

  • ARTICULO 1º: Convalidar el contrato suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Ingeniero Civil Marcelo Eduardo Gasparro para ejercer la responsabilidad respecto de la supervisión técnica de los trabajos y garantizar el correcto cumplimiento en su función de inspector de Obra en las distintas obras públicas  que se encuentran en ejecución o próximas a comenzar , que se detallan más abajo y que consiste específicamente en : controlar la calidad de los materiales y la eficiencia de los procedimientos constructivos; conformar las Actas de: Replanteo e Inicio de Obra, Recepción Provisoria y Recepción Definitiva; extender las Certificaciones de Obra; impartir las instrucciones que considere necesarias para el mejor desarrollo de los trabajos; determinar la demolición y reconstrucción de todo lo que a su juicio esté mal ejecutado; rechazar todo material que considere defectuoso o de mala calidad; decidir el reemplazo de Representante Técnico, en caso de que su desempeño sea ineficiente; disponer  el retiro de las obras de cualquier miembro del personal a cargo del Contratista que resultare a su criterio incompetente, negligente o actúe de manera tal que perturbe o perjudique el normal desarrollo de la obra o las tareas de inspección y ordenará el aumento, modificación o cambio parcial o total de los equipos presentados por el Contratista, antes o durante los trabajos, si ello fuese necesario para satisfacer el perfecto cumplimiento de la obra dentro del plazo de ejecución programado , en las siguientes obras públicas en ejecución en San Andrés de Giles, con intervención de la Municipalidad: Terminación de Establecimiento Educativo Escuela Secundaria “Barrio Kaumann” (tercera Etapa)
  • Refacción Integral del Grupo de Sanitarios y cocina de todas las plantas , reacondicionamiento de solados en sector de aulas y Tareas de Pintura en Interior y Exterior en edificio del       Establecimiento Educativo Escuela Primaria Nº 1 y Escuela Secundaria Nº 1 .
  • Reacondicionamiento de Instalación Eléctrica cubierta y cielorrasos en  Edificio del  Establecimiento Educativo Escuela Primaria Nº 1 y Escuela Secundaria Nº 1
  • Pavimentación con Hormigón Red Vial Principal 26 cuadras Red Vial Principal ( Etapa I),

 habiendo fundamentado la Secretaría de Obras y Servicios la incompetencia para cubrir la prestación  por parte del recurso humano profesional existente en esa área, por lo que la contratación formalizada encuadra en lo normado por la L.O.M.

ARTICULO 2º: La imputación del gastos que corresponda y que determine el cumplimiento de las obligaciones asumidas por La Municipalidad en el contrato que por este acto se convalida , será imputada en la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos vigente :

Fuente de Financiamiento 110                                  Tesoro Municipal

Jurisdicción                       111001000                         Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción          111015000           Secretaría de Obras y Servicios Públicos

Actividad                            01                 Formulación y Conducción de Políticas de Construcción y Mantenimiento

Inciso                                     3                          Servicios No Personales

P.Principal                     4                                   Servicios Técnicos Profesionales

P.Parcial                                 9                         Otros                        

ARTICULO 3º:   Registrar, Comunicar al Profesional , a la  Contaduría Municipal , a la Secretaría de Obras y Servicios , a la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares y archivar.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONTRATO DE LOCACION

El presente Contrato en adelante llamado también “El Contrato” o “Este Contrato” se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día  3  del mes de julio de 2023 , entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, con domicilio legal en calle Moreno  Nº 338 de la localidad de San Andrés de Giles (Provincia de Buenos Aires), representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Interino, Miguel Angel Gesualdi, por lo dispuesto en el Decreto Nº 022 sancionado por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2021  (DNI Nº 22.531.359 ) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre ,  por una parte,  en adelante llamada  La Municipalidad y por la  otra el Ingeniero  Marcelo Eduardo Gasparro , DNI. Nº 16.324.274- CUIT N°20-16324274-6,  Matrícula Profesional Provincial Nº 43.152,   Responsable  de Monotributo , quien fija su domicilio en calle Pichetto Nro. 359  de la Ciudad de San Andrés de Giles , Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado “EL Profesional” conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte", quedando sujeto a las siguientes cláusulas  y condiciones y teniendo en consideración que: El señor Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad ha informado oportunamente  la necesidad de  contar en el ámbito de la referida Secretaría con un Profesional Universitario matriculado ,correspondiente a la rama de la Ingeniería , para realizar las acciones de supervisión y control de las numerosas obras públicas que se están realizando en la actualidad, como así también las a ejecutarse en un futuro inmediato en San Andrés de Giles, con intervención de la Municipalidad , control de calidad de materiales , y demás acciones vinculadas a las referidas obras.

PRIMERA:  La Municipalidad Contrata a El Profesional para ejercer la responsabilidad respecto de la supervisión técnica de los trabajos y garantizar el correcto cumplimiento en su función de inspector de Obra en las distintas obras públicas  que se encuentran en ejecución o próximas a comenzar , que se detallan más abajo  y en el mismo contexto :  controlar la calidad de los materiales y la eficiencia de los procedimientos constructivos; conformar las Actas de: Replanteo e Inicio de Obra, Recepción Provisoria y Recepción Definitiva; extender las Certificaciones de Obra; impartir las instrucciones que considere necesarias para el mejor desarrollo de los trabajos; determinar la demolición y reconstrucción de todo lo que a su juicio esté mal ejecutado; rechazar todo material que considere defectuoso o de mala calidad; decidir el reemplazo de Representante Técnico, en caso de que su desempeño sea ineficiente; disponer  el retiro de las obras de cualquier miembro del personal a cargo del Contratista que resultare a su criterio incompetente, negligente o actúe de manera tal que perturbe o perjudique el normal desarrollo de la obra o las tareas de inspección y ordenará el aumento, modificación o cambio parcial o total de los equipos presentados por el Contratista, antes o durante los trabajos, si ello fuese necesario para satisfacer el perfecto cumplimiento de la obra dentro del plazo de ejecución programado respecto de las siguientes Obras Públicas en ejecución en San Andrés de Giles, con intervención de la Municipalidad  :

  • Terminación de Establecimiento Educativo Escuela Secundaria “Barrio Kaumann” (tercera Etapa)
  • Refacción Integral del Grupo de Sanitarios y cocina de todas las plantas , reacondicionamiento de solados en sector de aulas y Tareas de Pintura en Interior y Exterior en edificio del       Establecimiento Educativo Escuela Primaria Nº 1 y Escuela Secundaria Nº 1 .
  • Reacondicionamiento de Instalación Eléctrica cubierta y cielorrasos en  Edificio del  Establecimiento Educativo Escuela Primaria Nº 1 y Escuela Secundaria Nº 1
  • Pavimentación con Hormigón Red Vial Principal 26 cuadras Red Vial Principal ( Etapa I)

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SEGUNDA:  LA MUNICIPALIDAD contrata a EL PROFESIONAL desde el día  1 de julio  de 2023 al día 31 inclusive del mes de  diciembre del mismo año 2023

TERCERA: LA MUNICIPALIDAD abonará a EL  PROFESIONAL la  suma  de  Doscientos Cuarenta Mil ($ 240.000), pagadera durante el  mes siguiente al que corresponda al pago, previa presentación de la factura correspondiente y de la presentación del certificado de conformidad  respecto de las tareas realizadas, la que será suscripta por el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad y/o la señorita Directora de Planeamiento y Obras Particulares.

CUARTA: EL PROFESIONAL  deberá  acreditar el cumplimiento de las obligaciones previsionales con el respectivo organismo al que pertenece su actividad profesional.

QUINTA: Para todos los efectos legales que derivasen del presente contrato, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados al comienzo, donde serán válidas todas las notificaciones, citaciones y emplazamientos que se practicaren, y se someten a la competencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo del  Departamento Judicial de Mercedes (B), con renuncia expresa a todo otro fuero o jurisdicción.-----------------------------------------------------------------

Pevia lectura y ratificación de las cinco (5) cláusulas que anteceden, se suscriben  cuatro (4)  ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en  el lugar y fecha indicados supra.