Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1750/23
San Andrés de Giles, 03/07/2023
Visto
Que la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social Dra. Julieta Faiad , tomará un período de su licencia anual por vacaciones entre los días 13 al día 30 inclusive del mes de julio del año 2023 ; y
Considerando
Que durante su ausencia deberá designarse a un funcionario del Departamento Ejecutivo el uso de firma para el Despacho de las actuaciones a cargo de la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social, asignarle las responsabilidades propias de la función y dar curso a aquellos diligenciamientos que se encuentren en trámite en el ámbito de dicha Secretaría que así lo requieran.
Que dicha responsabilidad será ejercida por la señora Secretaria de Gobierno de la Municipalidad, María Verónica Di Tata
Por todo lo expresado , el Intendente Municipal Interino en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Entre los días 13 al día 30 inclusive del mes de julio del año 2023 el uso de firma para el despacho de las actuaciones a cargo de la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social, será ejercida por Secretaria de Gobierno de la Municipalidad ,señora María Verónica Di Tata . Asimismo dicha funcionaria dará curso a aquellas actuaciones que se encuentren en trámite en la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social , con motivo de la licencia por descanso anual de la titular del Área Dra. Julieta Faiad .
ARTICULO 2º: Durante el período indicado en el artículo precedente y por los motivos explicitados en el exordio, sustituir el texto del artículo 6º del Decreto Nº 0356 /2023 por el siguiente : Asígnese la Responsabilidad del dictado y la Observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las Disposiciones del Decreto Provincial 2980/00, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos que se adjuntan en la norma como anexos, de la Jurisdicción Departamento Ejecutivo, Sub-Jurisdicción y Unidad Ejecutora Secretaría Desarrollo Humano y Acción Social a la Secretaria de Gobierno María Verónica Di Tata, sin que ello implique modificación alguna de los dispuesto en el artículo 2º del referido Decreto .
ARTICULO 3º :Registrar, Comunicar y Publicar el presente acto administrativo.