Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2366
Brandsen, 14/09/2023
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-33.595/23 iniciado por la Dirección de Educación, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Local y Acción Comunitaria; y,
Considerando
Que a fs. 1 obra nota de la Directora de Educación de la Municipalidad de Brandsen, por la cual solicita el otorgamiento de un subsidio de pesos cien mil ($100.000,00) para ser entregado a la Cooperadora de la Escuela de Educación Especial Nº 501;
Que dicho monto será destinado para financiar la compra de una amasadora de pie y una pasta linda utilizada para la formación técnica de los estudiantes;
Que a fs. 28 se expide la Dirección de Instituciones Intermedias: “Visto el expediente 4015-33.595/23 donde a fs.1 la Dirección de Educación solicita subsidio para la compra de elementos necesarios para la formación técnica de los estudiantes” según detalle: una amasadora de pie y una máquina de pastas “Pastalinda”, elevo documentación requerida a la comisión directiva. La referida asociación civil se encuentra inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público bajo el número 157, Decreto del D.E 249/17 de fecha 17/03/2017, participando plenamente de las actividades comunitarias, también en la Dirección Provincial de Cooperación Escolar, Consejo Escolar y AFIP.”.
Que para el financiamiento de la misma, esta Municipalidad encuentra sustento en la Ley Nacional de Financiamiento Educativo N° 26.075, que establece: “…serán utilizados con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, apoyar las políticas de mejora en la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación científica-tecnológica, reafirmando el rol estratégico de la Educación, la Ciencia y la Tecnología en el desarrollo económico y sociocultural del país”;
Que la Contadora Municipal ha prestado conformidad al gasto, mediante la asignación de imputación, debiendo la entidad beneficiaria rendir cuentasdestacando la obligación de acogimiento a la normativa exigible en materia de subsidios, Art. 131 Regl. Contabilidad y Adm. Municipal) y Art. 50 Decreto Nº 2980/00, ratificado por el art. 9 de la Ley 13.295;
Que la falta de rendición de cuentas constituye una causa para privar a la entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios (Art. 132 Regl. Contabilidad y Adm. Municipal), y Art. 51 Decreto 2980/00, ratificado por Ley 13.295;
Que este Municipio estima razonable otorgar la ayuda solicitada;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.-Otorgase a la Cooperadora de la Escuela de Educación Especial Nº 501, un subsidio de pesos un cien mil ($100.000,00) que será destinado para financiar la compra de una amasadora de pie y una pasta linda utilizada para la formación técnica de los estudiantes.-
ARTÍCULO 2º.- Déjese establecido que la mencionada Institución deberá rendir cuenta documentada referente al otorgamiento del subsidio en orden a lo normado por los Arts. 276 Ley Orgánica de las Municipalidades, 131 del Reglamento de Contabilidad y Adm. Municipal) y Arts. 50, 51 y 52 del Decreto Nº 2980/00, ratificado por el Art. 9º de la Ley 13.295.-
ARTÍCULO 3º.-El gasto que demande el Artículo 1º, será imputado con cargo a: Jurisdicción: 7000 - Categoría Programática: 18.04 - Fuente de Financiamiento: 132 - 110.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado la Secretaria de Gobierno y Hacienda y de Desarrollo Local y Acción Comunitaria.-
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese. -