Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 718/23
Chacabuco, 19/05/2023
DECLARANDO DE INTERÉS MUNICIPAL LA VISITA GUIADA A LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Visto
Lo solicitado por la Dirección de Relaciones Institucionales, por la que solicita se declare de Interés Municipal la visita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días miércoles 14/6 y miércoles 19/7 fechas acordadas sujetas a modificación.
Considerando
Que, desde la Dirección de Relaciones Institucionales se ha gestionado con la Direccion del Voluntariado Social de la Municipalidad de La Plata para la visita a instituciones locales.
Que, con el objeto de lograr un mejor acercamiento con integrantes de las instituciones de nuestro partido es que surge la invitación de Conociendo BA, una experiencia de turismo social educativo a través de visitas guiadas peatonales, destinadas a niñas, niños, jóvenes y personas de la tercera edad de instituciones educativas y culturales de todo el país.
Que, los dos viajes a la Ciudad de CABA que propone esta dirección los días miércoles 14/6 y miércoles 19/7, fueron propuestos a vecinos que no cuentan con medios económicos sin la posibilidad de conocer estos lugares, así como a integrantes de Comisiones de Sociedades de Fomento y con integrantes del Área de Adultos Mayores la primera y segunda respectivamente; los mismos fueron gestionados ante la Direccion de Voluntariado Social de la Ciudad de La Plata.
Esta idea forma parte de lo planificado para el mes de junio donde se suman dos acciones que complementan: el día jueves 8 el Primer Encuentro con Personas Mayores de los Centro de Jubilados y Pensionados de todo el Partido en la localidad de O’Higgins y el jueves 22 una charla sobre voluntariado dirigido a todas las Instituciones con la finalidad de formar la Primera Red con la experiencia que viene desarrollando desde hace 10 años el Gobierno de La Plata.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la visita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo días miércoles 14/6 y miércoles 19/7 fechas acordadas sujetas a modificación.
ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de lo mencionado en el artículo 1º será imputado por Contaduría Municipal a la Partida del RAFAM correspondiente.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y archívese.