Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 680/23
Chacabuco, 16/05/2023
PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL.
Visto
La sanción de la Ordenanza Nº 9.719/23 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9.719/23 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, por la cual se convalida la Prórroga de Contrato de Locación celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco, representada por el Sr. Intendente Municipal, Víctor Aiola, D.N.I. N° 22.120.807 y la Sra. Silvina Esther Laviano, D.N.I. N° 20.914.338, por el inmueble sito en calle 25 de Mayo y Padre Doglia, Edificio Big Tower de la ciudad de Chacabuco, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción I, Sección A; Mz 70; Parcela 8, Sub. Parcela 2, para el funcionamiento de la Oficina de Educación y Oficina de Altos Estudios, por el término de 12 meses, contados a partir del día 11 de marzo de 2.023, hasta el día 10 de marzo de 2.024. El monto de la presente contratación por el plazo de prórroga, se realiza por la suma de $155.000,00 (ciento cincuenta y cinco mil pesos) para el periodo comprendido entre el 11 de marzo de 2.023 al 10 de septiembre de 2.023, y en la suma mensual de $166.000,00 (ciento sesenta y seis mil pesos) para el periodo comprendido entre el 11 de septiembre de 2.023 y el 10 de marzo de 2.024.
ARTÍCULO 2°: Autorizase la afectación de futuros ejercicios.
ARTÍCULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.