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Decreto Nº631/23

Decreto Nº 631/23

Chacabuco, 03/05/2023

PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL.

Visto

La sanción de la Ordenanza Nº 9.704/23 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9.704/23 sancionada por el  Honorable Concejo Deliberante, por la cual se declara de interés social, la escrituración de inmueble correspondiente al Plan Familia Propietaria, perteneciente a  Aquistapace Claudia Beatríz D.N.I. Nº 25.294.631 y Breme Ricardo Luis D.N.I. N°18.581.028, cuya Nomenclatura Catastral: Circunscripción: II, Sección: A, Quinta: 38, Manzana: 38, Parcela: 17, de la ciudad de Chacabuco, Partido de Chacabuco (B); para que intervenga la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, según Ley Nº 10.830 Art. 2º y 4º Inc. c y d. Referente a Expediente Administrativo Municipal Nº 4029-5861/22.

 

ARTÍCULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario  de Gobierno la Comuna. 

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.