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Decreto Nº623/23

Decreto Nº 623/23

Chacabuco, 02/05/2023

DECLARANDO DE INTERÉS MUNICIPAL, EL TRASLADO A LA LOCALIDAD DE RESISTENCIA CHACO,  DE  ATLETAS DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE DEPORTES PARALÍMPICOS.

Visto

La nota presentada por la Secretaria de Cultura, Educación, Deportes y Juventud, solicitando se declare de Interés Municipal, el traslado desde nuestra ciudad hasta la localidad de Resistencia Chaco, para participar con los atletas de la Escuela Municipal de Deportes Paralímpica, en este caso, del espacio de Atletismo, del “VII Open Internacional de Atletismo Copar de Mayores".

Considerando

Que, dicho evento es de suma importancia para nuestros atletas ya que son fechas en las que se registran marcas clasificatorias para los eventos del Mundial de Francia (en el mes de junio) y el Parapanamericano de Santiago de Chile (en el mes de noviembre), y donde nuestros deportistas intentarán marcas para poder clasificar.

Que, el municipio afectará fondos del erario público ya que considera primordial la capacitación, práctica, ejercicio físico, etc., que conlleva a la formación psicofísica integral y  la inclusión social de los deportistas con movilidad reducida o discapacidad motora, cognitiva, etc.. Atendiendo a este concepto  se desprende que no es más que una inversión tendiente a subsanar el tiempo en el que los alumnos de esta Escuela Paralímpica, recientemente fundada, vieron sus derechos vulnerados por no existir ni un ámbito ni profesionales que pudieran recibirlos, contenerlos, capacitarlos y generarles encuentros deportivos con pares, competencias interzonales, interprovinciales, etc.

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el traslado desde nuestra ciudad hasta la  localidad de Resistencia Chaco, para participar con los atletas de la Escuela Municipal de Deportes Paralímpica, en este caso, del espacio de Atletismo, del “VII Open Internacional de Atletismo Copar de Mayores”; para participar de dicho evento deportivo se deberá viajar desde el día jueves 18 de mayo al domingo 21 de mayo del cte. año. 

 

ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de lo mencionado en el artículo 1º será imputado por Contaduría Municipal a la Partida del RAFAM correspondiente.

 

ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y archívese.