Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 577/23
Chacabuco, 24/04/2023
PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL.
Visto
La sanción de la Ordenanza Nº 9.706/23 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9.706/23 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, por la cual se convalida el Contrato de Provisión de Oxigeno Medicinal, celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco, representada por el Sr. Intendente Municipal, Víctor Aiola, D.N.I. N° 22.120.807 y la firma AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A., (C.U.I.T. N° 30-50085213-1), representada por el Sr. Omar Axel Gelroth Balbi, D.N.I. N° 30.558.669, a través del cual el prestador brindará la provisión de oxigeno medicinal a granel y en tubos, con destino al Hospital Municipal Nuestra Señora del Carmen, incluidos los Centros de Atención Primaria de la Salud y Centros de Salud de las Delegaciones de Rawson, castilla y O’Higgins, por un monto de $34.164.994,00 (Pesos treinta y cuatro millones sesenta y cuatro mil novecientos noventa y cuatro) IVA incluído.
ARTÍCULO 2°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.