Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 486/23
Chacabuco, 10/04/2023
PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL.
Visto
La sanción de la Ordenanza Nro. 9.680/23; por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nro. 9.680/23; sancionada por el Honorable Concejo Deliberante por la cual se aprueba en general y en particular todo su articulado, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal, el uso de espacio público para la instalación de 2 (dos) reductores de velocidad o atenuador en la modalidad de tacha, tortuga o varilla; cartel de “PARE” sobre calle Puyrredón, expediente administrativo 4029-5360/22.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.