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Decreto Nº485/23

Decreto Nº 485/23

Chacabuco, 10/04/2023

PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL.

Visto

La sanción de la Ordenanza Nro. 9.678/23; por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nro. 9.678/23; sancionada por el Honorable Concejo Deliberante por la cual se aprueba en general y en particular todo su articulado, autorizando  al Departamento Ejecutivo Municipal, el uso de espacio público para la instalación de 1 (un) reductor de velocidad o atenuador en la modalidad de tacha, tortuga o varilla; cartel de “PARE” sobre Av. Juan XXIII, expediente administrativo 4029-4827/22. 

 

ARTÍCULO 2º: El  presente  decreto será refrendado por  el señor Secretario de Gobierno de la Comuna. 

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.