Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 459/23
Chacabuco, 04/04/2023
PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL.
Visto
La sanción de la Ordenanza Nº 9.645/23 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9.645/23 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Chacabuco, dispone que durante el año 2.023, en los membretes de la papelería que se utiliza en las comunicaciones oficiales, se implemente la impresión con la Leyenda “1.983 – 2.023: A 40 Años de la recuperación de la democracia, en memoria de su primer presidente, Dr. Raúl Alfonsín”.
ARTÍCULO 2º: Invítese a las dependencias de la Municipalidad de Chacabuco a adherir a la normado en el articulo precedente de la presente.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.