Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 265/23
Chacabuco, 01/03/2023
PRORROGANDO RESPONSABLES PROGRAMA ENVION.
Visto
Lo solicitado por la Secretaría de Desarrollo Social en el expediente administrativo 3293/20, se proceda a la prórroga de los contratos de las profesionales que desempeñan tareas dentro del Programa Envión.
Considerando
La necesidad de contar con los profesionales para la tarea que se desarrolla en dicho programa.
Que es necesario proceder a la prorroga de dichos contratos hasta tanto finalice el procedimiento establecido para el llamado a concurso de oposición y antecedentes.
Que las distintas áreas han dictaminado favorablemente.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Prorrógase a partir del 1 de enero de 2.023 y hasta tanto finalice el procedimiento establecido para el llamado a concurso de oposición y antecedentes, a los siguientes profesionales que desarrollan la tarea de organización del Programa de Responsabilidad Compartida “Envión”:
Apellido y Nombre |
Rol |
Documento |
Importe a percibir |
Carga Horaria |
SANCHEZ Laura Elisabet |
Trabajadora Social Coordinadora General |
30.068.570 |
$ 79.040 |
8 hs. diarias |
MIRÓ María Laura |
Psicóloga Coordinadora de Sede |
32.101.651 |
$ 57.200 |
4 hs. diarias |
GONZALEZ Viviana Elisabeth Gisella |
Trabajadora Social, Equipo Técnico |
34.191.759 |
$ 41.600 |
3 hs. diarias |
CONDE María Laura |
Trabajadora Social, Coordinadora de Sede |
36.036.257 |
$ 57.200 |
4 hs. diarias |
VANKEULEN Karen |
Psicóloga, Coordinadora de Sede |
34.589.563 |
$ 57.200 |
4 hs. diarias |
VACCARINI Renata Sofía |
Psicóloga, Equipo Técnico |
32.456.556 |
$ 41.600 |
3 hs. diarias |
BADEL Sofía |
Psicóloga, Equipo Técnico |
31.730.070 |
$ 41.600 |
3 hs. diarias |
MOLFESE Ornela |
Trabajadora Social, Equipo Técnico |
37.570.586 |
$ 41.600 |
3 hs. diarias |
MORALES Luciana Vanina |
Psicóloga, Equipo Técnico |
34.049.903 |
$ 57.200 |
3 hs. diarias |
OTEGUI Sofía |
Trabajadora Social, Equipo Técnico |
40.300.698 |
$ 41.600 |
3 hs. diarias |
ARTÍCULO 2º: Los gastos que demande el cumplimiento de los establecido en el artículo 1º serán imputados a la partida que Contaduría Municipal establezca en el RAFAM.
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro oficial y archívese.