Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 247/23
Chacabuco, 28/02/2023
CREANDO PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DENTRO DEL CENTRO DE OPERACIONES Y MONITOREO.
Visto
El proyecto presentado por la Secretaría de Inspección General de Gobierno y Seguridad, mediante el cual proponen crear un programa de capacitación y pasantías, cuyo objetivo es desarrollar el proceso de aprendizaje y la posible inserción laboral, a través de experiencias laborales dentro de la órbita del Centro de Operaciones y Monitoreo.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Créase el Programa de Capacitación y pasantías dentro del Centro de Operaciones y Monitoreo, que tendrá como objetivo la capacitación y la realización de prácticas laborales, para personas de dieciocho (18) a cuarenta (40) años, quienes recibirán capacitación y desempeñarán tareas en el Centro de Operaciones y Monitoreo.
ARTÍCULO 2°: Especificaciones del programa:
Objetivo: Adquirir y desarrollar experiencias laborales dentro del ámbito institucional.
Beneficiarios: El programa está destinado a personas entre los dieciocho y cuarenta años de edad.
Curso de Operadores: Será requisito fundamental para ser admitido en el programa, tener aprobado previamente el curso de Operador de Cámaras de video, que dictará el área de Seguridad Ciudadana.
Tareas: Los inscriptos cumplirán tareas dentro del Centro de Operaciones y Monitoreo.
Duración: tendrá una duración de 6 meses, prorrogable por otros tres meses. Dará inicio el día 1 de Marzo del corriente año.
Carga horaria: Será de lunes a viernes, con una carga de 4hs diarias.
Cupo: Se establece un cupo de 20 pasantes.
Asignación estímulo: El monto a percibir será de PESOS CUARENTA MIL ($40.000) mensuales.
Coberturas: La Municipalidad tendrá a cargo la cobertura de emergencia médica, el seguro de vida y por accidente del becario.
Licencias: Los inscriptos tendrán derecho a licencia por estudios en el máximo de 3 días hábiles, computables dentro del período del contrato. Aquellos que por razones de salud no puedan concurrir a prestar funciones tendrán derecho a solicitar médico certificador.
Baja del programa:1) Haber incurrido en 5 o más faltas injustificadas, o bien 3 inasistenciasconsecutivas, en el período transcurrido del contrato y en su caso de la prórroga; 2) Si a juicio – debidamente documentado del responsable de la secretaría o dirección del servicio donde se desempeña el becario, éste no cumpliera con las tareas que le fueron encomendadas.
Conclusiones: Una vez finalizada la pasantía se realizará un informe a cargo del responsable del área, en el cual volcará cual fue la evolución de cada pasante a lo largo del programa. Se entregará a cada uno un certificado correspondiente.
ARTÍCULO 3°: La Secretaría de Inspección General de Gobierno y Seguridad determinará la nómina de beneficiarios en condiciones de acceder a esta beca y establecerá los mecanismos de control administrativo durante el año para la continuidad de las mismas.
ARTÍCULO 4°: El gasto que demande el presente Decreto será imputado por la Oficina de Contaduría Municipal a la partida del R.A.F.A.M correspondiente, quién realizará las adecuaciones presupuestarias necesarias, entre partidas de la misma Secretaría.
ARTÍCULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y Archívese.-