Boletines/Lobería

Decreto Nº1938-23

Decreto Nº 1938-23

Lobería, 27/09/2023

REGÍSTRASE la tarea asignada al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería, el Decreto Nº 029/23; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Morales, ubicada en calle Barragán N° 1.000 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Titular de esa Dependencia ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 168/23, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 18 de septiembre de 2023;
QUE, atento a no haberse presentado lo requerido en tiempo y forma corresponde registrar los trabajos realizados;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRASE la tarea asignada al personal destajista Sr. CARLOS AGUSTIN ALI, D.N.I. N° 42.041.839, designado mediante Decreto Nº 029/23, que realizó trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Morales, ubicada en calle Barragán N° 1.000 de Lobería, a partir del 18 de septiembre de 2023.
ARTÍCULO 2.- La tarea específica realizada y el monto a abonar por la misma se detalla a continuación:
Tarea                                                                           Monto
Pozo ciego de baño con losa de hormigón             $ 93.023,26
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS NOVENTA Y TRES MIL VEINTITRÉS CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 93.023,26), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 11.162,79. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional - 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE