Boletines/Lobería
Decreto Nº 1937-23
Lobería, 27/09/2023
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza N° 2.721/22, el Decreto Nº 168/23; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Ríos, ubicada en calle J. M. Paz N° 1.426 de la ciudad de Lobería;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Titular de esa Dependencia ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 168/23, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 18 de septiembre de 2023;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista que se detalla, designado mediante Decreto Nº 168/23, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Ríos, ubicada en calle J. M. Paz N° 1.426 de la ciudad de Lobería, a partir del 18 de septiembre de 2023:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
- FRANCO, DAVID ALEJANDRO 37.385.728
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Desmonte de techo existente $ 74.149,53
Armado de techo nuevo con estructura de madera $ 595.736,50
Colocación de canaleta embutida $ 22.790,70
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 692.676,73.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS UNO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 595.701,99.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 83.121,21. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional - 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.