Boletines/General Belgrano

Ordenanza Nº58/2023

Ordenanza Nº 58/2023

General Belgrano, 23/08/2023

VISTO:

La necesidad de dar reconocimiento histórico y moral a los Veteranos, destinados y/o movilizados de  General Belgrano, habiendo participado de forma directa o indirecta durante la Guerra de Malvinas y Atlántico Sur, entre el 2 de abril y 14 de junio de 1982 de nuestra ciudad, y

 CONSIDERANDO:

Que según el texto del Proyecto de Resolución aprobado el 18 de septiembre de 2008 por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, la misma otorga "reconocimiento histórico y moral para todos los ex soldados conscriptos bajo bandera, convocados, destinados y/o movilizados que, sin haber participado en forma directa en las acciones de combate por la recuperación de las Islas Malvinas, hayan servido a la Patria protegiendo el territorio nacional”. -

Que es necesario que la sociedad incorpore este reconocimiento hacia los ex soldados conscriptos de nuestra ciudad, que bajo Bandera se preparaban para concurrir al lugar de combate ante una orden inmediata y mientras tanto, resguardaban los cuarteles y defensa de fronteras. -

Para garantizar que la reparación sea nominal y pueda efectivizar el nombre y apellido de cada conscripto que ha sido comprendido en la resolución provincial, es necesario ratificar el homenaje, crear el registro integrándolo con la nómina existente al día de la fecha para que forme parte del patrimonio histórico y cultural de la ciudad teniendo en cuenta que han pasado 41 años del conflicto bélico de Malvinas y Atlántico Sur, hecho histórico que nos atravesó como país y como Belgranenses. -

Por ello, y

Atento al despacho de las comisiones que fuera aprobado por unanimidad:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Créase en el Partido de General Belgrano el Registro Oficial Municipal de Veteranos de General Belgrano que participaron de forma directa o indirecta durante la guerra de Malvinas y Atlántico Sur, entre el 2 de abril y 14 de junio de 1982, integrándose la nómina al día de la fecha . -

ARTÍCULO 2°: El Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano ratifica el reconocimiento histórico y moral otorgado por el departamento ejecutivo a los veteranos de nuestra ciudad que hayan actuado bajo Bandera, convocados, destinados y/o movilizados en el conflicto del Atlántico Sur y Malvinas, y hayan servido a la patria protegiendo el territorio nacional entre el 2 de abril y 14 de junio de 1982. -

ARTÍCULO 3°: El Registro Municipal permanecerá abierto en forma permanente para la incorporación voluntaria y a solicitud de aquellos veteranos que acrediten fehacientemente tal condición, a través de la Dirección de Rentas, o del área municipal que designe el departamento ejecutivo.-

ARTÍCULO 4°: En el Registro podrán inscribirse voluntariamente todos los que hayan prestado servicio efectivo en las Fuerzas Armadas entre los días 2 de abril y 14 de junio de 1982 oriundos de nuestro distrito, o que en dicho periodo temporal hayan tenido domicilio real en el Partido de General Belgrano o aquellos que acrediten domicilio real de cinco o más años en nuestro distrito.  En caso de fallecimiento, podrán requerir la incorporación al registro las personas que acrediten un interés legítimo por el vínculo. -

ARTÍCULO 5°: Quienes se encuentran en dicho registro son:

  1. Acevedo Daniel, DNI 16.085.660
  2. Alonso Fabian, DNI 16.626.525
  3. Arnol, Mario Marcelo, DNI 16.369.711
  4. Baudracco, Americo Armando, DNI 14.589.110
  5. Bertorello, Sergio, DNI 14.907.924
  6. Boedo, Roberto Oscar, DNI 16.369.831
  7. Carugatti, Hector Daniel, DNI 16.369.832
  8. Cremaschi, Carlos Saul, DNI 16.085.662
  9. Dalboni, Omar Daniel, DNI 13.931.267
  10. Del Campo, Carlos Enrique, DNI 14.907.943
  11. Gaitan, Ricardo Alberto, DNI 16.085.658
  12. Lenua, Gustavo Daniel, DNI 16.485.989
  13. Mujica, Francisco Oscar, DNI 16.085.690
  14. Nuñez Raul Alberto, DNI 16.626.507
  15. Rodriguez, Gustavo Edgardo, DNI 16.085.653
  16. Terrero, Máximo, DNI 16.085.671

ARTÍCULO 6: El Departamento Ejecutivo y/o el área que para ello sea designada, deberá emitir al interesado una constancia que certifique la inscripción en dicho registro. -

ARTÍCULO 7°: Comuníquese  al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y efecto.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRES.