Boletines/Bragado

Ordenanza Nº5599

Ordenanza Nº 5599

Bragado, 04/08/2023

VISTO: La necesidad de construir la obra de Pavimento de Hormigón simple en las calles Aguirre entre Coll y Misiones, Ferroviarios Argentinos entre Catamarca y Maestro Argentino, Salta entre Rosas y Ferroviarios Argentinos, Junín entre Tucumán y Coll y Tucumán entre Ferroviarios Argentinos y Palacios de la ciudad de Bragado como complemento de la Obra de Cordón Cuneta, en respuesta a resolver problemas de desagües pluviales, transitabilidad de las calles y mejora de las condiciones de vida y; CONSIDERANDO: Que este tipo de obras contribuyen al desarrollo urbano de la ciudad. Que en los registros de oposición a la obra no hay inscriptos POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Nº 5599/23

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: DECLÁRESE, de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra “Pavimento de Hormigón en las calles Aguirre entre Coll y Misiones, Ferroviarios Argentinos entre Catamarca y Maestro Argentino, Salta entre Rosas y Ferroviarios Argentinos, Junín entre Tucumán y Coll y Tucumán entre Ferroviarios Argentinos y Palacios de la ciudad de Bragado”, para los titulares o poseedores a titulo de dueño de los inmuebles con frente a las mismas. ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE, al Departamento Ejecutivo a ejecutar y financiar la obra mencionada en el artículo primero. ARTÍCULO 3: El costo de la obra será determinado por el Departamento Ejecutivo y los frentistas abonaran lo correspondiente al costo de los materiales, prorrateado por m frente y considerando un ancho de calzada de 4 m correspondiente a cada vecino, al contado o en cuotas. La suscripción y acogimiento de los vecinos frentistas se realizará a través de contratos individuales donde se establecerán los montos a abonar y forma de pago convenida. El Municipio podrá percibir pagos anticipados de cuotas ARTÍCULO 4: Los pagos anticipados de los frentistas realizados para la obra de CC en las calles a pavimentar (Ord.3289/05 Aguirre entre Coll y Misiones, Ord 3516/08 Ferroviarios Argentinos entre Catamarca y Maestro Argentino, Ord 4976/17 Salta entre Rosas y Ferroviarios Argentinos , Ord 3684 /09 Junín entre Tucumán y Coll , Ord 3299/05 Tucumán entre Rosas y Palacios y Ord 2735/00 Tucumán entre Ferroviarios Argentinos y Rosas), se tomarán a cuenta de la obra de la presente Ordenanza, considerándose cancelados los saldos de la anteriores Ordenanzas citadas. ARTÍCULO 5: Declarase de aplicación la Ordenanza General Nro 165/73 en todo lo que no se oponga a la presente. ARTÍCULO 6: CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-