Boletines/Bragado

Decreto Nº1218

Decreto Nº 1218

Bragado, 16/08/2023

Visto

VISTO: El Expediente Nº 4014-2139/23, por el cual desde la Dirección de Cementerio se solicita la rescisión de la concesión de uso de lotes de terrenos donde se han construido nicheras y bóvedas en el cementerio municipal de la ciudad de Bragado; y

 

Considerando

CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 5000/17 promulgada por el Decreto Nº 1497/17, establece la reglamentación aplicable al funcionamiento de los cementerios públicos y privados del Partido de Bragado; Que, la Directora de Cementerio informó acerca de la falta de pago del derecho de cementerio del Lote 35 de la Sección 23 (Cuenta Nº 1494) perteneciente al Sr. Magagnotti Eugenio; del Lote 26 de la Sección Z (Cuenta Nº 981) cuya titularidad pertenece a la Sra. Blasques Encarnación; del Lote 4 de la Sección U (Cuenta Nº 243) cuyo titular resulta ser la Flia. Regueira; del Lote 35 de la Sección 23 (Cuenta Nº 633) perteneciente al Sr. Novas Juan Carlos; del Lote 3 de la Sección Y (Cuenta Nº 272) cuyo titular resulta ser el Sr. Francia Adolfo; del Lote 14 de la Sección R (Cuenta Nº 215) perteneciente a la Flia. Marín; del Lote 23 de la Sección 1 (Cuenta Nº 1295) cuya titularidad se encuentra a nombre de la Sra. Percudani Serafina – Flia. Piana; del Lote 2 de la Sección Q (Cuenta Nº 192) perteneciente a la Flia. Decibe; y del Lote 4 de la Sección R (Cuenta Nº 205) cuya titularidad se encuentra a nombre de la Flia. Bollini; Que, la norma mencionada dispone el procedimiento a seguir para que la posesión de las tierras vuelva al Municipio; Que, siguiéndose el procedimiento establecido en tal artículo, se publicaron los edictos en el Boletín Oficial con fecha 10 de Julio de 2023 y en periódicos de circulación local con fecha 13 de Junio de 2023; Que, el artículo 16 del marco normativo establece que vencido el plazo de treinta (30) días desde la notificación la autoridad del cementerio podrá tomar posesión de las tierras, monumentos, nichos y sepulcros, y disponer de los restos conforme los procedimientos allí establecidos; Que, en caso de no presentarse ningún familiar o deudo, la autoridad del cementerio se encuentra facultada para disponer de los restos mediante el depósito en el osario común o depósito, o bien resolver otro tipo de disposición final, compatible con las normas de policía sanitaria y mortuoria; Que, en el artículo 15 entre las causales de rescisión se enumera la falta de pago de los derechos de conservación y limpieza durante cinco años consecutivos o diez alternados (inc. b); Que, en el caso de la nichera del Sr. Magagnotti, la deuda registrada data del año 2016; por la nichera de la Sra. Blasques, se registra deuda desde el año 1988; por la bóveda de la Flia. Regueira, la deuda data del año 1999; por la bóveda del Sr. Novas, la deuda se registra desde el año 2018; por la bóveda del Sr. Francia, la deuda se registra desde el año 1987; por la bóveda de la Flia. Marín, la deuda se registra desde el año 2017; por la nichera de la Sra. Percudani, la deuda registrada data del año 2017; por la bóveda de la Flia. Decibe, la deuda se registra desde el año 1986; y por la bóveda de la Flia. Bollini, la deuda se registra desde el año 2017; Que, respecto de los intimados no se presentó nadie a regularizar las deudas ni ejercer derecho alguno sobre los lotes; Que, la Subsecretaría Legal y Técnica de esta Municipalidad se ha expresado en favor de disponer la caducidad de la concesión de uso del Lote 35 de la Sección 23 (Cuenta Nº 1494) perteneciente al Sr. Magagnotti Eugenio; del Lote 26 de la Sección Z (Cuenta Nº 981) cuya titularidad corresponde a la Sra. Blasques Encarnación; del Lote 4 de la Sección U (Cuenta Nº 243) que perteneciera a la Flia. Regueira; del Lote 35 de la Sección 23 (Cuenta Nº 633), cuyo titular resulta ser el Sr. Novas Juan Carlos; del Lote 3 de la Sección Y (Cuenta Nº 272) perteneciente al Sr. Francia Adolfo; del Lote 14 de la Sección R (Cuenta Nº 215) cuya titularidad se encuentra a nombre de la Flia. Marín; del Lote 23 de la Sección 1 (Cuenta Nº 1295) que perteneciera a la Sra. Percudani Serafina – Flia. Piana; del Lote 2 de la Sección Q (Cuenta Nº 192) correspondiente a la Flia. Decibe; y del Lote 4 de la Sección R (Cuenta Nº 205) cuyo titular resulta ser la Flia. Bollini; por falta de pago de los derechos de conservación y limpieza durante cinco años consecutivos o diez alternados (artículo 15 inc. b); autorizando a las autoridades del cementerio a tomar posesión de las tierras y disponer de los restos, si existieren, conforme lo establecido en los incisos d) y e) del artículo 16 de la Ordenanza Nº 5000/17; por ello 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º.- RESCINDIR la concesión de uso de las tierras para sepultura, construcción de nichos, nicheras y bóvedas, de los lotes ubicados en el Cementerio Municipal de la ciudad de Bragado, por falta de pago de los derechos de conservación y limpieza por más de cinco años consecutivos o diez alternados, conforme lo establecido en el artículo 15 inciso b) de la Ordenanza Nº 5000/17, que se detallan a continuación:

Identificación catastral:                                                      

Titular:

Lote 35 de la Sección 23 (Cuenta Nº 1494)

Magagnotti Eugenio

Lote 26 de la Sección Z (Cuenta Nº 981)

Blasques Encarnación

Lote 4 de la Sección U (Cuenta Nº 243)

Flia. Regueira

Lote 35 de la Sección 23 (Cuenta Nº 633)

Novas Juan Carlos

Lote 3 de la Sección Y (Cuenta Nº 272)

Francia Adolfo

Lote 14 de la Sección R (Cuenta Nº 215)

Flia. Marín

Lote 23 de la Sección 1 (Cuenta Nº 1295)

Percudani Serafina - Flia. Piana

Lote 2 de la Sección Q (Cuenta Nº 192)

Flia. Decibe

Lote 4 de la Sección R (Cuenta Nº 205)

Flia. Bollini

ARTICULO 2º.- AUTORIZAR a la Dirección de Cementerio a tomar posesión de los lotes mencionados en el artículo 1º y disponer de los restos, si existieren, conforme el procedimiento contemplado en el artículo 16 incisos d) y e) de la Ordenanza Nº 5000/17. ARTICULO 3º.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 4º.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, DAR AL REGISTRO Y BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-