Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3708

Decreto Nº 3708

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 08/09/2023

VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios definitiva correspondiente al Certificado Nº 8, de la obra: “PAVIMENTACIÓN DE VARIAS CALLES DE BAHÍA BLANCA - SECTOR III” ejecutada por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L., y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 el Departamento Vialidad informa que por Expediente N° 410-5997-2002 (HCD-855-2000), Decreto N° 823/2002, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 2113 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contrato de Obra Pública.

Que el Departamento Técnico ha realizado la revisión de la Redeterminación de Precios Definitiva presentada por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L, en la cual se tomaron como valores de referencia los índices publicados por el Ministerio de Infraestructura Provincial.-

Que que la Fecha de Licitación fue el 16/09/2022; la Fecha de Contrato fue el 14/10/2022; el Plazo de obra: 150 días y la Fecha de Replanteo fue 04/11/2022.

Que en el CERTIFICADO N° 8 (mes de ejecución: Junio 2023), se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios de la última redeterminación (Mayo-2023) y los correspondientes al mes de ejecución de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 8 (Junio-2023), por lo cual correspondería actualizar el Certificado a los precios redeterminados al mes de Junio de 2023, que es el mes de ejecución de los trabajos.  La fecha de publicación de los índices de Junio 2023 es 01/08/2023 y la fecha de presentación de la Empresa es 17/08/2023, se ha presentado la redeterminación dentro del plazo previsto-

Que el monto redeterminado definitivo del CERTIFICADO N° 8 asciende a $14.588.509,15; el importe del Certificado Base N° 8 es de $ 8.196.714,39, la diferencia de importe del Certificado N° 8 es $ 6.391.794,77, la deducción por Anticipo Financiero es $ 1.917.538,43, por lo que la diferencia a abonar por el CERTIFICADO N° 8 es de $4.474.256,34 (actualizado a Junio 2023).

Que el Departamento Vialidad sugiere que la Redeterminación Definitiva del Certificado N° 8 deberá aprobarse por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ( $4.474.256,34).-

Que a fojas 53 el informe de la abogada de la Secretaría de Infraestructura deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido  de redeterminación conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Base y Condiciones de la obra.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

Artículo 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva del Certificado Nº 8 de la obra:“PAVIMENTACIÓN DE VARIAS CALLES DE BAHÍA BLANCA - SECTOR III” por un monto de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($4.474.256,34) en un todo de acuerdo con los considerandos y  antecedentes obrantes en el Expte. 417R-6743-2023.-

Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

Artículo 3º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente, notifíquese a la firma OBRAS ABEDUL S.R.L., por intermedio del Departamento Vialidad, Agréguese copia del presente decreto al expte 417r-4861-2022, tome conocimiento el citado Departamento. Cumplido ARCHÍVESE.-