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Decreto Nº877/23

Decreto Nº 877/23

Chascomús, 06/09/2023

EXIMICION

Visto

El EX-2023-00036824- CHASCOMUS-MESA#SG caratulado “MARTÍNEZ Ismael. Solicitud de eximición. Expte. 162211”; y

Considerando

Que mediante nota el peticionante solicita la eximición de pago de Impuesto al Automotor del Vehículo marca RENAULT 19 RN Sedan 4 Puertas Dominio BCT865.

Que adjunta Titulo Automotor, Licencia de conducir, Póliza de Seguro y Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Que tratándose del Impuesto a los Automotores, resulta de aplicación en forma análoga la normativa provincial respecto de los vehículos “municipalizados”, según lo previsto en el Decreto 226/03 del Poder Ejecutivo Provincial.

Que en relación al tema planteado el inciso f) del Artículo 243º del Código Fiscal reconoce el beneficio de exención del pago de Impuesto al Automotor, cuando el mismo esté a nombre del discapacitado o afectado a su servicio.

Que, en éste último caso, indica la norma, “…el titular deberá ser el cónyuge, ascendente, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o guardador judicial, o la persona que sea designado apoyo en los términos del artículo 43 del Código Civil y Comercial de la Nación conforme las facultades conferidas en la sentencia que lo establezca, o la pareja conviviente cuando acredite un plazo de convivencia no menor a dos (2) años mediante información sumaria judicial o inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales”.

Que en virtud de constatarse que la titularidad del vehículo corresponde al peticionante contando con certificado expedido en los términos de la Ley 22.431, deberá otorgarse la exención de pago del Impuesto a los Automotores en su totalidad siempre que no se modifiquen las circunstancias que originaron el otorgamiento de dicho beneficio.

Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que corresponde otorgar la exención del pago en un 100% del Impuesto a los Automotores en los términos del inciso f) del Artículo 243º del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, al vehículo Marca RENAULT 19 RN sedan 4 Puertas Dominio BCT865, de titularidad del Sr. MARTÍNEZ Ismael Alejo propiedad del peticionante siempre que no se modifiquen las circunstancias que originaron el otorgamiento de dicho beneficio.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Exímase del pago del Impuesto a los Automotores en los términos del inciso f) del Art. 243º del Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires al vehículo Marca RENAULT 19 RN sedan 4 Puertas Dominio BCT865, de titularidad del Sr. MARTINEZ Ismael Alejo propiedad del peticionante, siempre que no se modifiquen las circunstancias que originaron el beneficio de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos y peticionante con domicilio en calle Nicaragua Nº 242.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario  de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y  archívese.-