Boletines/Tornquist
Resolución Nº 32/23
Tornquist, 03/10/2023
Visto y considerando
VISTO:
El reconocimiento que anualmente el Honorable Concejo Deliberante realiza a Abanderados y Escoltas de las Banderas Argentina y Bonaerense del Distrito, y;
CONSIDERANDO:
Que es oportuno poder continuar con tal distinción en virtud de reconocer el esfuerzo, compromiso, dedicación y responsabilidad que ponen de manifiesto cada año los alumnos para poder lograr tal fin;
Que esto motiva al Cuerpo Deliberativo a hacer Sesiones Extraordinarias en distintas localidades del Distritos durante el mes de noviembre, a fin de que no haya superposición de fechas;
Que este Honorable Concejo ve con beneplácito la experiencia vivida en años anteriores, en los cuales se realizaron Sesiones de Reconocimiento en las localidades, permitiendo el acercamiento del Cuerpo a los vecinos del Distrito;
Que el Artículo 68º de la Ley Orgánica de las Municipalidades versa: “Los Concejos Deliberantes funcionarán en la cabecera del Partido correspondiente, pero podrán hacerlo en otro punto del mismo, precediendo una disposición del Concejo que así lo autorice”;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Dejar sin efecto la Resolución Nº 23/16 para el ejercicio 2023.
ARTÍCULO 2º: Convocar a Sesión Extraordinaria, a todos los abanderados y sus escoltas de las banderas Argentina y Bonaerense, quienes resulten portadores de los pabellones al momento de su convocatoria de acuerdo al siguiente cronograma:
Día 27 de noviembre: Teatro Municipal “Rodolfo Funke” de Tornquist.
Día 28 de noviembre: Escuela Primaria Nº 2 de Saldungaray
Día 29 de noviembre: Club Atlético Pelicurense de Pelicurá
ARTÍCULO 3º: Enviar nota a cada Establecimiento Educativo, solicitando que se envíe a la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante la nómina de los abanderados y escoltas con su correspondiente enseña.
ARTÍCULO 4º: Realizar la confección de diplomas de reconocimiento por su esfuerzo, dedicación, compromiso y responsabilidad a todos los abanderados y sus escoltas de las banderas Argentina y Bonaerense que resulten portadores de los pabellones.
ARTICULO 5º: Autorizar a la Presidencia del H.C.D. a efectuar los gastos correspondientes para dar cumplimiento a la presente Resolución.
ARTICULO 6º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-
APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D DE TORNQUIST, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.-